
La Corte Constitucional amparó los derechos de una deportista trans y ordenó a la Liga Antioqueña de Voleibol modificar su reglamento, eliminando medidas de exclusión plena en las competencias femeninas.
La Corte Constitucional emitió la Sentencia T-179 de 2025, en la que ordena a la Liga Antioqueña de Voleibol modificar su reglamento tras excluir de manera plena a una deportista trans que llevaba más de una década participando en torneos oficiales.
La acción de tutela fue presentada por la jugadora, quien denunció la vulneración de sus derechos a la igualdad, la dignidad humana, la identidad de género y el deporte, luego de que la Liga cambiara sus normas internas para restringir la categoría femenina únicamente a mujeres “nacidas como tal”.
La Sala Octava de Revisión, conformada por las magistradas Natalia Ángel Cabo, Cristina Pardo Schlesinger y el magistrado José Fernando Reyes Cuartas —quien la presidió— concluyó que la medida adoptada por la Liga desconoció principios de buena fe y confianza legítima, afectando gravemente los derechos fundamentales de la accionante.
En su decisión, la Corte destacó dos puntos centrales: primero, que no existe certeza científica sobre una ventaja competitiva sistemática de las atletas trans frente a las deportistas cisgénero; y segundo, que las políticas deportivas deben contemplar criterios individualizados y no imponer reglas de exclusión generalizadas.
“El pluralismo valorativo que subyace a las decisiones constituyentes de 1991 impone valorar opciones, introducir matices, contrastar discrepancias y modular efectos”, señaló la Corte en su fallo, al insistir en que cada caso debe analizarse según sus particularidades.
El alto tribunal ordenó a la Liga permitir nuevamente la participación de la jugadora en los torneos y eliminar del artículo 4 de su reglamento toda disposición que implique exclusión plena.
Además, el Ministerio del Deporte deberá acompañar a la Liga en este proceso y revisar los reglamentos de las ligas de voleibol bajo su supervisión para garantizar que no se repitan medidas restrictivas contrarias a la jurisprudencia constitucional.
La decisión, sin embargo, no fue unánime: la magistrada Cristina Pardo Schlesinger presentó salvamento de voto.
Con esta sentencia, la Corte marca un precedente en el debate nacional sobre la participación de mujeres trans en el deporte, subrayando la importancia de proteger sus derechos sin desconocer las particularidades de cada disciplina y competencia.
Boletín T-179-25 by LIBERTAD DIARIO
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Y.A.










