Tres días más: Corte Constitucional amplía plazo a la Cámara para entregar actas de la reforma pensional

Reforma pensional // Foto: Senado

La Corte Constitucional otorgó tres días hábiles adicionales a la Cámara de Representantes para entregar las actas de las sesiones extraordinarias sobre la reforma pensional, documentos indispensables para definir su constitucionalidad.

La Corte Constitucional otorgó un plazo adicional de tres días hábiles a la Cámara de Representantes para remitir las actas de las sesiones extraordinarias en las que se discutió la subsanación de la reforma pensional.

Estos documentos son fundamentales para que el alto tribunal pueda pronunciarse sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024, que creó el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común.

El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar explicó que la petición presentada por el presidente de la Cámara fue realizada dentro del tiempo establecido y con justificación, dado que las actas son esenciales en el proceso de control de constitucionalidad.

La demanda que dio origen a este examen fue interpuesta por la senadora Paloma Valencia Laserna, quien argumentó que durante el trámite legislativo se habría omitido el debate en la plenaria de la Cámara, lo cual representaría un vicio de procedimiento.

Cabe recordar que en un auto previo, identificado como el 841 de 2025, la Corte ya había advertido sobre esta posible irregularidad. Ahora, con la nueva decisión, la Cámara de Representantes deberá entregar los documentos faltantes en el plazo fijado, contado a partir del día siguiente a la notificación de la providencia.

Solo con este material en su poder, la Corte Constitucional podrá avanzar hacia un fallo definitivo que determinará si la reforma pensional cumple o no con los requisitos legales del trámite legislativo.

La resolución de este proceso resulta clave tanto para el Gobierno como para el Congreso, al tratarse de una de las reformas estructurales más sensibles de los últimos años en materia de seguridad social.

Y.A.