El Consejo de Estado determinó que el presidente Gustavo Petro vulneró los derechos a la honra y buen nombre de Enrique Vargas Lleras al vincularlo, sin pruebas, con irregularidades en la Nueva EPS y ocultamiento de millonarias deudas.
En un nuevo revés judicial, el presidente Gustavo Petro deberá retractarse públicamente de los señalamientos que hizo contra Enrique Vargas Lleras en su cuenta oficial de X. Así lo dispuso la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, que en segunda instancia falló a favor de Vargas Lleras, ordenando al mandatario publicar una rectificación en un plazo máximo de 48 horas.
El fallo responde a una tutela interpuesta el pasado 3 de marzo por Vargas Lleras, quien denunció que sus derechos fundamentales a la honra y al buen nombre fueron vulnerados por las acusaciones presidenciales. En sus publicaciones, Petro vinculó al político con supuestas irregularidades en la Nueva EPS y con el ocultamiento de deudas que ascenderían a 5 billones de pesos.
Acusaciones sin pruebas
La corporación fue clara en afirmar que las declaraciones del jefe de Estado “no corresponden a hechos ciertos” y que su veracidad, en todo caso, deberá definirse en instancias judiciales penales, no mediante aseveraciones en redes sociales.
El Consejo de Estado determinó que Petro carecía de pruebas para sustentar sus afirmaciones y que, al expresarlas como hechos consumados, incurrió en la vulneración de derechos fundamentales.
Condiciones de la rectificación
La decisión ordena al presidente publicar en su cuenta de X una rectificación que advierta de manera expresa que los señalamientos contra Vargas Lleras no tenían sustento fáctico. Además, la publicación deberá permanecer visible por un periodo de dos meses, tanto en la red social como en los canales oficiales de la Presidencia de la República.
De esta manera, la alta corte busca garantizar la reparación simbólica y efectiva del daño causado a la reputación de Vargas Lleras.
Un proceso con eco político
El caso refleja la tensión entre el uso político de las redes sociales y la responsabilidad institucional de un jefe de Estado. Para el Consejo de Estado, la libertad de expresión del presidente no puede ejercerse en detrimento de la honra de los ciudadanos, menos aún cuando las afirmaciones carecen de pruebas verificables.
Con este fallo, se consolida un precedente que obliga a los altos funcionarios a extremar la prudencia en sus declaraciones públicas, especialmente cuando estas se realizan a través de medios de amplia difusión como las redes sociales.
Enrique Vargas Lleras, quien interpuso la acción de tutela a inicios de año, sostuvo desde el principio que las afirmaciones de Petro buscaban menoscabar su imagen pública sin fundamento legal. Ahora, con esta decisión, se reconoce la necesidad de rectificación como medida de protección de sus derechos.
El pronunciamiento también alimenta el debate sobre el impacto de las redes sociales en la política nacional y la línea que separa la crítica legítima de la vulneración de derechos fundamentales.