Tribunal Superior de Bogotá ordena libertad inmediata de Álvaro Uribe y lanza fuertes críticas a la juez que lo envió a prisión domiciliaria

Por David Awad V.
En un documento de 38 páginas, el Tribunal Superior de Bogotá decidió suspender la medida de detención domiciliaria que pesaba sobre el expresidente Álvaro Uribe Vélez y ordenó su libertad inmediata, tras acoger una acción de tutela a favor del exmandatario.

Los magistrados de la Sala Penal fueron contundentes en sus observaciones: calificaron de “subjetivos, desproporcionados, vagos, indeterminados, imprecisos, desatinados, ininteligibles, genéricos y ambiguos” los argumentos empleados por la juez 44 Penal del Circuito de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, para justificar la medida restrictiva de la libertad.

Críticas a la fundamentación de la juez

El Tribunal cuestionó que la funcionaria hubiera sustentado la prisión domiciliaria en aspectos como la “percepción ciudadana”, el “efecto ejemplarizante”, la “convivencia pacífica” y el “orden social”, conceptos que los magistrados consideraron impropios, pues el caso se circunscribe a hechos puntuales y no a un impacto generalizado sobre la sociedad.

“Es ininteligible por qué esta privación de la libertad es necesaria para la convivencia pacífica y el orden social”, subraya el fallo.

Además, reprocharon que la juez hubiera considerado el reconocimiento público de Uribe como un factor de “peligrosidad”, lo que, según el Tribunal, constituye una visión subjetiva e inadmisible dentro del derecho penal, donde se juzgan hechos y no personalidades.

Principio de igualdad y presunción de inocencia

Los magistrados también recordaron que el principio de igualdad ante la ley no puede ser desconocido por la condición política o social del procesado. “Prevalece la presunción de inocencia hasta que la decisión condenatoria cobre ejecutoria”, señalaron, advirtiendo que la jueza Heredia pretendió imponer una sanción de manera anticipada.

El fallo recalca que la detención preventiva nunca puede justificarse en conjeturas ni en posibles riesgos futuros no probados. En el caso de Uribe, la juez no evidenció riesgo de fuga ni mostró pruebas de que el exmandatario hubiera intentado evadir a la justicia.

Por el contrario, los magistrados recordaron que durante el proceso Uribe mantuvo un comportamiento ajustado a la ley: siempre notificó sus salidas al exterior, regresó al país, y tras haber recuperado la libertad en 2020, cumplió con las obligaciones procesales.

Un fallo con repercusión política y jurídica

Aunque Uribe enfrenta una condena de 12 años por fraude procesal y soborno en actuación penal, el Tribunal insistió en que mientras el proceso no quede en firme, el exmandatario mantiene intacta la presunción de inocencia.

En consecuencia, la medida de aseguramiento fue suspendida provisionalmente mientras se estudia en segunda instancia la apelación presentada contra el fallo condenatorio.

La decisión del Tribunal Superior de Bogotá no solo tiene implicaciones en el proceso jurídico contra el expresidente, sino que también reaviva el debate político en el país sobre la judicialización de Uribe, el papel de los jueces y la independencia de los poderes en Colombia.