Procuraduría solicitó tumbar condena impuesta al expresidente Álvaro Uribe Vélez

A través de un documento de 81 páginas, la Procuraduría General de la Nación solicitó tumbar la condena de 12 años de prisión domiciliaria, impuesta en días pasados por una juez al expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez.

La solicitud la realizó el procurador de Intervención 5 Bladimir Cuadro Crespo, presentando un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá.

De acuerdo con Cuadro Crespo, la decisión de la juez Sandra Heredia, alberga varios vacíos en la evaluación de pruebas fundamentales.

Lo anterior, según el procurador puedo haber generado el desconocimiento de la presunción de inocencia y el indubio pro-reo el ejercicio de valoración probatoria, así como el desconocimiento de las reglas de congruencia frente a algunos hechos jurídicamente relevantes de cara a la motivación punitiva.

De igual forma, el integrante del Ministerio Público alegó una indebida aplicación de las reglas de exclusión probatoria.

En el documento, el representante de la Procuraduría cuestionó la forma en la que se obtuvieron en su momento las conversaciones entre Uribe y su entonces abogado Diego Cadena, y que fueron claves en el caso.

“Este delegado no comparte la tesis reiterada, en cuanto a que la garantía pluridimensional
de la inviolabilidad de comunicaciones entre abogado y cliente, sólo ampara al rol del defensor reconocido judicialmente en un proceso penal, pues ello, no sólo desconoce la anterior línea jurisprudencial constitucional sobre la materia, sino desconoce otras circunstancias extraprocesales donde el derecho de la defensa cobra vital importancia”, explicó.

En ese sentido, consideró que las conversaciones no revelan la flagrancia de un ilícito en curso o futuro.

“El argumento reprochado aparece construido sobre conjeturas con amplio margen de
subjetividad y la interpretación de la conversación telefónica agrega un contexto que, para el momento de las escuchas, no era objeto de investigación”, precisó.

El recurso, llegó después de que el primero de agosto, la juez 44 Penal del Circuito de Bogotá Sandra Heredia, emitiera la sentencia condenatoria en contra del expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez, por los delitos de fraude procesal en concurso homogéneo y heterogéneo y soborno en actuación penal.

Lo anterior, por supuestamente presentar documentos falsos y tratar de modificar versiones de testigos en el marco de su proceso.

Heredia, ordenó condenar al expresidente, a las penas principales de 12 años años de prisión domiciliaria, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de 100 meses y 20 días.

En esa línea, determinó conceder al sentenciado el subrogado penal de la prisión domiciliaria que regula el artículo 38B de la Ley 599 de 2000, bajo la obligación de cumplir con lo previsto en el artículo 38B, numeral 4° de la Ley 599 de 2000, previa caución o póliza judicial, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.

El proceso inició en septiembre de 2014 cuando en un debate en el Congreso citado por el senador Iván Cepeda para develar información sobre los presuntos vínculos de Uribe con grupos narcotraficantes y paramilitares, a lo largo de su carrera política, Uribe, quien era senador en aquel entonces, abandonó el recinto y a manera de respuesta se dirigió a la Corte Suprema de Justicia a interponer una demanda por supuesta manipulación de testigos en contra de Cepeda.

No obstante, tras el transcurso de la investigación, en febrero de 2018, la Corte Suprema de Justicia declaró que había hallado que quien estaba intentando manipular testigos para engañar a la justicia era el mismo Uribe quien buscaba que dichos testigos declararan contra Cepeda por medio de visitas a las cárceles que uno de sus abogados, Diego Cadena, realizaba a personas privadas de la libertad.