Empresarios crearon predios y contratos ficticios para obtener subsidios destinados a campesinos colombianos. La Sala Penal ratificó la sentencia por peculado por apropiación agravado y tentado.
Después de más de una década de proceso judicial, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra Juan Carlos y Alfonso Dávila Abondano, reconocidos empresarios del norte del país, por haber incurrido en el delito de peculado por apropiación agravado en grado de tentativa dentro del esquema fraudulento alrededor del programa Agro Ingreso Seguro (AIS).
De acuerdo con la decisión del alto tribunal, los hermanos Dávila presentaron dos proyectos de subsidio sobre una misma propiedad, la finca Tequendama, ubicada en Aracataca, Magdalena. Para ello, utilizaron la figura del fraccionamiento predial, una práctica común en el entramado de irregularidades que marcó al programa AIS, cuyo objetivo era beneficiar a pequeños y medianos productores del campo colombiano.
Los Dávila suscribieron contratos ficticios con la empresa CI Tequendama, de la cual ellos mismos eran gerentes y miembros de la junta directiva, con el fin de simular que los proyectos Finca Tequendama – El Salado I y Finca Tequendama – El Salado II eran independientes y aptos para acceder al subsidio. Los proyectos fueron declarados elegibles el 11 de septiembre de 2009 por 192 y 247 millones de pesos, respectivamente.
¿Qué fue Agro Ingreso Seguro y por qué se volvió escándalo?
AIS fue una política pública lanzada en 2007 durante el segundo mandato del expresidente Álvaro Uribe Vélez, gestionada a través del entonces Ministerio de Agricultura, bajo la dirección de Andrés Felipe Arias, condenado posteriormente por su papel en el direccionamiento irregular de estos recursos.
El programa tenía como objetivo subsidiar el acceso a créditos y la modernización del campo colombiano, especialmente en sectores vulnerables. Sin embargo, investigaciones posteriores revelaron que empresarios de grandes capitales —como los Dávila Abondano— diseñaron mecanismos fraudulentos para obtener parte de estos recursos a través de empresas fachada, fragmentación de propiedades y alianzas fraudulentas, desplazando a los verdaderos beneficiarios: los campesinos.
¿Por qué no se desembolsaron los recursos?
Aunque los proyectos fueron inicialmente aprobados, los hermanos decidieron desistir del beneficio el 14 de octubre de 2009, tras hacerse públicas las inconsistencias del programa AIS. La Corte estableció que el desistimiento no fue voluntario, sino consecuencia de la controversia nacional que desató el caso.
El fallo sostiene que existen pruebas suficientes para demostrar que la tentativa de apropiación sí se configuró, ya que el desistimiento se dio por causas externas a la voluntad de los procesados, no por arrepentimiento genuino.
Un largo proceso judicial
La investigación formal comenzó en 2012, cuando la Fiscalía General de la Nación imputó a los Dávila los delitos de peculado por apropiación agravado en grado de tentativa y falsedad en documento privado. En abril de ese mismo año fueron acusados.
Cuando la audiencia preparatoria de juicio iba a iniciar, en mayo de 2015, los empresarios decidieron negociar un preacuerdo con la Fiscalía, aceptando parcialmente los cargos a cambio de una rebaja de la pena. Este acuerdo fue avalado en 2018 por un juez penal, quien los condenó a dos años de prisión, además de imponerles inhabilidad para ejercer funciones públicas.
Posteriormente, el Tribunal Superior de Bogotá confirmó la condena en 2020, aunque uno de sus magistrados salvó el voto, considerando que no existía delito. Los empresarios interpusieron un recurso de casación ante la Corte Suprema, en el que afirmaban que no cometieron delito alguno, que el proceso debía considerarse prescrito y que el preacuerdo fue irregular.
Sin embargo, la Corte concluyó que el preacuerdo fue suscrito de forma libre, consciente y con el acompañamiento legal correspondiente, y que pretender retractarse en una fase posterior a su legalización no es jurídicamente admisible.
¿Qué decidió la Corte?
En el reciente fallo, la Corte Suprema resolvió una apelación interpuesta por los acusados, quienes pretendían revocar un preacuerdo suscrito con la Fiscalía y ya avalado por un juez penal. En dicho acuerdo, aceptaron cargos en calidad de intervinientes —una figura que algunos usan para aminorar responsabilidades— y se les impuso inhabilidad para ejercer funciones públicas.
No obstante, tras un nuevo análisis, la Sala Penal recordó que:
“Pretender que se habilite una nueva oportunidad en la que ellos se desdigan del preacuerdo celebrado es inadmisible en cualquier fase posterior a su legalización”, señaló el alto tribunal.
La Corte también destacó que el preacuerdo fue suscrito libremente, de manera consciente y con asesoría jurídica adecuada, lo que elimina cualquier margen para retractaciones posteriores.
La sentencia
La Sala Penal, por mayoría, desestimó los argumentos de la defensa y ratificó que los Dávila Abondano incurrieron en actos irregulares para intentar obtener recursos públicos sin cumplir con los requisitos establecidos por la ley.
“Se insiste: en la presente actuación hay un mínimo de prueba que demuestra que la apropiación no se produjo por circunstancias voluntarias de los señores Juan Carlos y Alfonso Dávila Abondano, sino por factores externos que impidieron el desembolso”, indicó el alto tribunal en su sentencia.
Además, se aclaró que el proceso no estaba prescrito, ya que el plazo para emitir la sentencia vencía el 24 de julio de 2025, y la decisión fue tomada el 18 de julio del mismo año.
El peligro a los recursos públicos
El pronunciamiento judicial es enfático en reprochar el daño estructural que estos actos generan a la administración pública. Los hermanos Dávila, a través de maniobras simuladas, pusieron en riesgo recursos del erario diseñados para resolver las inequidades históricas del campo colombiano.
“No puede ser aceptable que quienes ostentan poder económico e influencia en el sector privado se apropien de beneficios pensados para poblaciones vulnerables”, sostiene el fallo.
El impacto del caso AIS
El programa Agro Ingreso Seguro fue creado en 2007 con la promesa de fomentar la competitividad del agro colombiano y apoyar a los productores más vulnerables. Sin embargo, investigaciones judiciales y administrativas demostraron que grandes empresarios y figuras influyentes usaron mecanismos fraudulentos para quedarse con los subsidios, en una clara desviación de los fines del programa.
Este caso es uno de los más representativos de los efectos negativos del clientelismo, la captura del Estado y la falta de control en la ejecución del gasto público rural. Junto a la condena de los Dávila Abondano, otras figuras políticas y empresariales han sido judicializadas, entre ellas el exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias, condenado por direccionar los subsidios a través de procedimientos ilegales.
Antecedentes de un caso con repercusiones políticas
Este nuevo pronunciamiento se suma a la larga lista de consecuencias judiciales del caso Agro Ingreso Seguro. El exministro Andrés Felipe Arias fue condenado en 2014 a 17 años de prisión por su rol en el direccionamiento de estos subsidios. Su caso fue tan polémico que llegó hasta instancias internacionales, generando debates sobre debido proceso, extradición y justicia selectiva.
Los hermanos Dávila Abondano representan el otro lado del escándalo: los beneficiarios ilegales de las maniobras diseñadas desde el poder institucional, lo que confirma que el AIS fue una maquinaria sistémica de desviación de recursos públicos.
Impacto económico y social
Aunque no se ha precisado en esta sentencia el monto exacto que los Dávila Abondano intentaron apropiarse, informes de la Contraloría de la época estimaban que más de 25.000 millones de pesos fueron comprometidos en subsidios entregados a grandes empresarios, en detrimento de agricultores familiares.
Organizaciones campesinas como ANUC y Dignidad Agropecuaria han reiterado que este tipo de casos representa una traición al campo colombiano, y que aún hoy miles de familias rurales no han recibido compensación o acceso equitativo a programas de desarrollo productivo.
El fallo reafirma el principio de que los recursos públicos deben ser administrados con transparencia, legalidad y equidad, y que los intentos de desviar su destino legítimo, incluso sin lograr consumar el daño, son objeto de reproche penal.
Los Dávila Abondano quedan registrados como responsables de una tentativa de apropiación de fondos públicos, lo que marca un precedente en la lucha contra el uso indebido de programas sociales para beneficio de élites económicas.
Así las cosas, la Corte Suprema de Justicia envía un mensaje claro: el poder económico no puede estar por encima del bien público. Los Dávila Abondano, símbolo del uso fraudulento de programas sociales en beneficio de élites, se suman a la lista de responsables por el escándalo AIS, un caso que aún deja cicatrices en la política agraria del país.
La lucha contra la corrupción en el agro sigue abierta. Y la justicia, aunque lenta, sigue avanzando.