Por: Dr. Yemfry Suarez – Abogado
Constitucionalista y Electoral
En Colombia, hablar en público durante campaña electoral no es simplemente ejercer la libertad de expresión: es, también, exponerse a eventuales responsabilidades jurídicas. Cada vez que un candidato participa en un debate, no solo se juega la percepción del electorado, sino también su seguridad jurídica y la validez misma de su candidatura.
A medida que nos acercamos a las elecciones de Congreso y Presidencia 2026, los escenarios de confrontación pública se multiplicarán: foros, debates, lives, ruedas de prensa y entrevistas. Sin embargo, en muchos casos, los aspirantes llegan a estos espacios sin filtro legal, sin acompañamiento técnico, y sin comprender que una frase mal dicha puede terminar en una demanda o, peor aún, en una nulidad electoral.
La palabra también invalida
El Consejo de Estado ha dejado claro que ciertas actuaciones verbales aunque no sean escritas ni formales pueden configurar causales de nulidad si: Rompen el principio de equidad, inducen en error al elector, constituyen propaganda prohibida, se basan en información falsa o no verificada.
Un debate mal preparado puede ser terreno fértil para: Violaciones al régimen de propaganda electoral, calumnias o desinformación sobre adversarios, con consecuencias civiles, penales y electorales, uso indebido de símbolos partidistas, lemas registrados o logos institucionales, promesas inviables que vulneren el principio de veracidad o induzcan a error.
La ley de encuestas y el nuevo escenario de control
Con la reciente regulación de encuestas en Colombia (2025), la exposición pública del candidato exige aún más cuidado. Mencionar datos sin fuente válida, citar sondeos no registrados o alterar cifras para impactar la opinión puede constituir una infracción sancionable por el CNE, incluso en debates transmitidos.
Cuando el silencio es la mejor defensa
Una práctica frecuente y peligrosa, es que candidatos improvisen en debates sobre temas que desconocen o que no son de su competencia. Prometer puentes, centros de salud, subsidios o cargos públicos desde una curul legislativa no solo evidencia desconocimiento funcional, sino que puede ser interpretado como engaño electoral o inducción al error, según la jurisprudencia reciente del Consejo de Estado.
Blindaje jurídico discursivo: una necesidad, no un lujo
Es urgente que las campañas comprendan que la defensa jurídica del voto empieza antes del día de elecciones. Comienza en cada post, en cada rueda de prensa, en cada intervención pública.
Por eso, desde Yemfry Suarez Consultores SAS, proponemos una estrategia de blindaje jurídico discursivo que incluya: Capacitación legal a candidatos y voceros, revisión de discursos, eslóganes y promesas, acompañamiento técnico antes de debates públicos y monitoreo jurídico de intervenciones mediáticas.
Conclusión
La palabra es una herramienta de construcción política, pero también puede ser un arma jurídica de autodestrucción si se usa sin rigor. De cara a las elecciones de 2026, el que no se asesore jurídicamente desde ya, no solo se expone a perder votos… también puede perder su elección post-debate.