Tribunal responsabiliza al Estado por tragedia en Mocoa: la avalancha era “plenamente previsible”

La justicia determinó que la Nación, la UNGRD, Corpoamazonía, Putumayo y Mocoa incurrieron en omisiones graves que facilitaron la catástrofe de 2017, en la que murieron más de 600 personas.

La tragedia de Mocoa, que cobró la vida de más de 600 personas y dejó a miles sin hogar entre el 31 de marzo y el 1 de abril de 2017, pudo y debió haberse evitado. Así lo concluyó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que declaró responsable al Estado colombiano por las omisiones que permitieron el desastre, catalogándolo como un evento “plenamente previsible”.

El fallo de primera instancia señala como responsables solidarios a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), Corpoamazonía, el Departamento del Putumayo y el Municipio de Mocoa, entidades que, según la decisión judicial, ignoraron alertas, estudios y solicitudes de prevención emitidas durante casi tres décadas, desde 1989.

La acción judicial fue interpuesta por María Rosa Ordóñez Gómez y otros ciudadanos, quienes reclamaron la reparación de daños patrimoniales y extrapatrimoniales sufridos a raíz de la catástrofe. El tribunal consideró probado que las autoridades omitieron su deber constitucional y legal de adoptar medidas eficaces para reducir el riesgo y fortalecer los sistemas de alerta temprana, pese a los reiterados informes técnicos que advertían el peligro de avenidas torrenciales en la zona.

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Entre las instituciones exoneradas de responsabilidad figuran la Rama Judicial, el Servicio Geológico Colombiano (SGC), el Ideam, el Ministerio de Ambiente, la Presidencia de la República y el Departamento Nacional de Planeación.

La sentencia establece que las entidades condenadas deberán pagar 63.148 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) al Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, como parte de la reparación.

Además, el fallo exige una serie de medidas de reparación integral para las víctimas y la comunidad de Mocoa, entre ellas:

  • La publicación de un comunicado de excusas públicas por parte de las entidades condenadas.

  • La implementación de programas de atención psicosocial para los sobrevivientes y sus familias.

  • La apertura de un proceso de reclamación para nuevas víctimas directas o indirectas, quienes deberán presentarse ante la Defensoría del Pueblo en un plazo de 20 días desde la publicación del fallo.

Este fallo representa un hito en la responsabilidad del Estado frente a desastres naturales prevenibles, al reconocer judicialmente que no basta con contar con estudios técnicos si no se traducen en acciones concretas de prevención y mitigación. También sienta un precedente importante para otras comunidades del país expuestas a riesgos ambientales y olvidadas por el aparato institucional.

Aunque la decisión puede ser apelada, la contundencia del fallo obliga al Estado a reconocer su negligencia y a asumir medidas de reparación y transformación estructural, con el fin de evitar que tragedias como la de Mocoa se repitan.

Y.A.