La Corte Constitucional dejó sin efecto la resolución mediante la cual el Gobierno Nacional había ordenado la intervención de la EPS Sanitas, una de las entidades prestadoras de salud más grandes del país. La decisión se basa en que, según el alto tribunal, la Superintendencia Nacional de Salud no garantizó el debido proceso durante el procedimiento administrativo.
La intervención, que había sido decretada inicialmente en abril de 2024 y prorrogada por un año más, permitía al Gobierno asumir el control de los bienes y operaciones de la EPS. No obstante, la Corte determinó que dicha medida vulneró derechos fundamentales, al no respetar las garantías procesales que exige la ley para este tipo de actuaciones.
Con esta decisión, se abre un precedente importante en el manejo de las entidades de salud intervenidas por el Estado y se genera incertidumbre jurídica frente a otras intervenciones similares, como la de la Nueva EPS.
El fallo también podría tener repercusiones en el plano internacional, dado que existen demandas contra el Estado colombiano en tribunales de arbitraje por presuntas violaciones a tratados de inversión relacionados con estas medidas.
La Corte reiteró la importancia de respetar el derecho al debido proceso, incluso en situaciones que involucren el interés público, como es el caso del sistema de salud. Ahora será responsabilidad del Gobierno definir los pasos a seguir tras este revés jurídico.