Asilo a Martinelli en Colombia: ¿tradición humanista o burla a la justicia internacional?

La decisión del gobierno de Gustavo Petro de otorgar asilo territorial al expresidente panameño Ricardo Martinelli ha desatado una tormenta de críticas por contradecir principios internacionales que excluyen delitos comunes, como el lavado de activos, de este tipo de protección.

El pasado 15 de mayo, Ricardo Martinelli, expresidente de Panamá, llegó sorpresivamente a Bogotá, tras haber permanecido catorce meses refugiado en la embajada de Nicaragua. Su arribo se produjo gracias a la decisión del gobierno de Gustavo Petro de concederle asilo territorial, medida que ha encendido el debate nacional e internacional por la naturaleza de los delitos por los que fue condenado y la aparente contradicción con los principios históricos que han regido el derecho de asilo.

Martinelli, condenado por blanqueo de capitales en 2023, enfrenta una pena de diez años y ocho meses de prisión, además de una multa superior a 15 millones de dólares. El fallo judicial panameño detalla la utilización de dineros públicos para la compra de medios de comunicación y lo vincula a una red de lavado de activos que benefició a su entorno más cercano. Pese a esta condena, y con una circular roja de Interpol activa en su contra, logró abandonar Nicaragua y refugiarse en Colombia, gracias a un salvoconducto emitido por su delfín político, Raúl Mulino, actual presidente de Panamá.

El presidente Petro, desde Beijing, defendió la medida en nombre del humanismo internacional, destacando la larga tradición colombiana de otorgar asilo sin importar la afiliación ideológica del solicitante. “No nos interesa si es de derecha o de izquierda, lo que nos importa es que Colombia siempre ha sido un país humanista”, expresó Petro, ignorando deliberadamente la diferencia fundamental entre delitos políticos y delitos comunes, línea roja establecida por el derecho internacional desde el siglo XIX.

Este episodio remite a antecedentes históricos que dan cuenta de una rica trayectoria en la defensa del asilo como instrumento de protección política. Colombia fue protagonista de uno de los casos más emblemáticos: el asilo otorgado a Víctor Raúl Haya de la Torre en la embajada colombiana en Lima en 1949, bajo el gobierno de Ospina Pérez. En esa ocasión, la Corte Internacional de Justicia dictaminó que si bien Colombia no demostró el peligro para el asilado, tampoco violó el derecho internacional, aunque dejó claro que la calificación del delito correspondía al Estado territorial, no al asilante.

Sin embargo, el caso Martinelli representa, para muchos expertos, una peligrosa tergiversación del principio de asilo. El profesor y jurista Ricardo Uprimny ha señalado que “otorgar asilo a un condenado por delitos comunes, especialmente de corrupción y lavado de activos, es un grave retroceso para la región y debilita la lucha contra la impunidad”.

La Convención de Caracas de 1954, que regula el asilo en América Latina, es explícita al limitar este instrumento a casos de persecución política, excluyendo expresamente delitos comunes. La jurisprudencia y práctica diplomática de Colombia se han regido por este criterio durante décadas. No obstante, en el caso Martinelli, el gobierno colombiano ha optado por ignorar esta normativa, argumentando razones humanitarias sin ofrecer una justificación jurídica sólida.

El papel de la Cancillería, liderada por Laura Sarabia, ha sido notoriamente pasivo. Consultada sobre los fundamentos del asilo, la ministra se limitó a expresar su “respeto a la decisión presidencial”, lo que algunos analistas interpretan como una muestra de obediencia debida y ausencia de criterio diplomático autónomo. Esta actitud ha sido criticada como un indicio de que se privilegió una decisión política sobre una deliberación jurídica rigurosa.

Diversos sectores de la opinión pública y del periodismo independiente han calificado la medida como un “despropósito” que mancha la imagen de Colombia como defensor del Estado de derecho y la cooperación internacional en materia judicial. La percepción de que se trata de un acto de protección política para un aliado ideológico, o de un mensaje de complicidad con prácticas corruptas, ha profundizado el malestar.

A ello se suma la conducta del propio Martinelli, quien no tardó en publicar videos de su llegada celebrando con música y declaraciones triunfales como “mi palabra es la ley”, lo que fue interpretado por muchos como una provocación a la justicia panameña y una burla a los principios que fundamentan el derecho internacional.

Más allá del escándalo mediático, el caso plantea preguntas de fondo sobre el uso del asilo como herramienta política, el debilitamiento de las normas multilaterales, y la erosión de la confianza entre los Estados en la cooperación judicial internacional. También reaviva las suspicacias sobre las prioridades del gobierno Petro en materia de política exterior y la relación entre su discurso ético y sus decisiones prácticas.

En tiempos en que América Latina necesita fortalecer sus instituciones y cerrar filas contra la corrupción y la impunidad, la concesión de asilo a Martinelli no solo compromete a Colombia ante la comunidad internacional, sino que también marca un precedente que podría ser utilizado en el futuro por otros líderes con cuentas pendientes ante la justicia.

Y.A.