El exmagistrado del Consejo Nacional Electoral César Lorduy Maldonado, a través de sus redes sociales se refirió al auto por medio del cual el Consejo de Estado aceptó para su estudio una demanda que busca declarar nula la votación con la que se hundió la Consulta Popular en el Senado.
Puntualmente, el excongresista se refirió a un apartado en las consideraciones en el que se señala que, “en efecto, la decisión adoptada por la autoridad del orden nacional como lo es el Senado de la República de no emitir concepto favorable frente a la solicitud de convocar a una consulta popular constituye un acto definitivo de contenido electoral”.
Lo anterior, en en tanto aquel decide sobre la prerrogativa de hacer uso de un mecanismo de participación ciudadana, según lo previsto en el artículo 8° de la Ley 134 de 19949.
Contrario a ello, el el debate propuesto por Raymundo Francisco Marenco Boekhoudt, quien es el demandante surge respecto del procedimiento de votación que culminó con el concepto previo desfavorable por parte
del Senado de la República frente a una Consulta Popular del orden nacional.
En ese sentido, la legalidad del acto que se cuestiona no declara una elección, ni efectúa un
nombramiento o llamamiento, hipótesis frente a las cuales sí está previsto el medio de
control de nulidad electoral.
Según el accionante, el senador Richard Fuelantala Delgado se
abstuvo de votar, pese a que estaba registrado en el sistema electrónico.
A su vez, afirmó que a los congresistas Martha Peralta Epiayú y León Fredy Muñoz no les fue
posible ejercer su derecho al voto.
Por otra parte, señaló que el secretario general del Senado de la República
modificó el sentido de lo expresado por el senador Édgar Díaz Contreras (voto positivo
a negativo), luego de cerrarse el registro de la votación.
Finalmente, puso de presente que el lapso transcurrido, entre el llamamiento
a los senadores a emitir su voto y el cierre de la votación respecto a la Consulta Popular, no superó tres minutos.