Tribunal admite demanda de pérdida de investidura contra la diputada Rosa Jiménez en el Magdalena

La acción judicial fue presentada por un ciudadano que acusa a la diputada Rosa Jiménez de incurrir en conflicto de intereses, maniobras dilatorias y violaciones al reglamento interno de la Asamblea Departamental.

El escenario político del departamento del Magdalena se sacude tras la reciente decisión del Tribunal Administrativo del Magdalena, que admitió una demanda de pérdida de investidura contra la diputada Rosa Idalia Jiménez Rodríguez, quien actualmente ocupa una curul en la Asamblea Departamental para el período constitucional 2024-2027. La admisión de esta demanda, interpuesta por el ciudadano Rafael de Jesús Rebolledo Gil, marca el inicio de un proceso judicial que podría tener consecuencias determinantes para la carrera política de la funcionaria.

Según consta en los documentos judiciales, la demanda fue radicada por el demandante con base en lo estipulado en el numeral 1 del artículo 60 de la Ley 2200 de 2022, una norma que regula la pérdida de investidura por diferentes causales, entre ellas la violación del régimen de conflicto de intereses. De acuerdo con la demanda, la diputada habría incurrido en dicha falta, contemplada específicamente en el sub-literal e) del literal c) del artículo 56 de la misma ley, al haber actuado de manera parcial y contraria al interés general en el desarrollo de sus funciones.

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En el análisis del proceso, que fue oficialmente asignado mediante acta de reparto del 27 de mayo de 2025, se detalla que Jiménez habría interpretado de manera subjetiva las normas legales y reglamentarias, con el fin de favorecer una estrategia política concreta. Esta conducta, de comprobarse, podría configurar una infracción grave al deber de objetividad y legalidad que rige el actuar de los servidores públicos.

Además, se le atribuyen maniobras dilatorias orientadas a evitar la ejecución de decisiones judiciales ya emitidas por jueces y magistrados. En palabras del demandante, estas acciones atentan contra la función pública, pues buscan eludir el cumplimiento de fallos de obligatorio acatamiento, debilitando el principio de separación de poderes y el respeto institucional.

Por su parte, el Tribunal ha procedido a ordenar la notificación personal de la demanda a la diputada Jiménez, concediéndole un plazo de cinco días hábiles para que ejerza su derecho de defensa. En ese tiempo podrá pronunciarse sobre las pretensiones del demandante, aportar las pruebas que considere relevantes y solicitar la práctica de otras que estime necesarias para su caso.

Este proceso judicial no solo pone en entredicho la legitimidad de la curul ocupada por Rosa Jiménez, sino que también se convierte en un símbolo del creciente escrutinio al que están siendo sometidos los funcionarios públicos en el Magdalena. Si bien se trata de una etapa inicial del proceso, la sola admisión de la demanda por parte del Tribunal representa un primer aval jurídico a las acusaciones formuladas por Rebolledo Gil.

De prosperar la demanda, el fallo implicaría la pérdida inmediata de la investidura de la diputada, con lo cual perdería su curul y quedaría inhabilitada para ejercer cargos de elección popular por un período determinado. Además, este caso sentaría un precedente sobre la aplicación efectiva del régimen de control ético y disciplinario a los diputados en ejercicio.

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Mientras tanto, la comunidad política del Magdalena se mantiene atenta al desarrollo del proceso. Sectores ciudadanos y organizaciones de vigilancia electoral han manifestado su interés en que el caso se resuelva con transparencia y en estricto apego a la ley. Por su parte, la defensa de Rosa Jiménez aún no ha emitido un pronunciamiento público, aunque se espera que en los próximos días se conozca su versión frente a las acusaciones.

En medio de un panorama de creciente exigencia de rendición de cuentas, esta demanda reafirma el papel de los ciudadanos en el control político y legal de sus representantes. Así mismo, demuestra que las normas que rigen el ejercicio del poder público no son meramente simbólicas, sino herramientas concretas para asegurar la ética, la responsabilidad y el respeto al orden institucional.

Y.A.