La Sala Penal del alto tribunal avaló el envío del segundo al mando del Frente 33 de las disidencias de las Farc a EE. UU., requerido por narcotráfico y lavado de activos, en medio de las negociaciones con el gobierno Petro.
En una decisión que genera tensión entre los compromisos judiciales internacionales y los esfuerzos de diálogo de paz, la Corte Suprema de Justicia avaló la extradición de Willington Henao Gutiérrez, alias ‘el Mocho Olmedo’, solicitado por los Estados Unidos por cargos de narcotráfico, lavado de activos y concierto para delinquir. El fallo, contenido en un documento de 48 páginas, fue emitido por la Sala de Casación Penal del alto tribunal.
Alias ‘el Mocho’, conocido como el segundo al mando del Frente 33 de las disidencias de las Farc, fue capturado el pasado 12 de febrero de 2025 por el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación. Su detención ocurrió en medio de su participación como delegado en los diálogos de paz con el Gobierno de Gustavo Petro, lo que había llevado, inicialmente, a la suspensión temporal de sus órdenes de captura.
La extradición fue solicitada formalmente por el Gobierno de los Estados Unidos a través de su Embajada en Bogotá, y tras analizar los requisitos legales, la Corte señaló que “las consideraciones expuestas en precedencia permiten tener por acreditadas las exigencias legales para conceptuar, de manera favorable, a la solicitud de extradición”.
Este pronunciamiento se produce semanas después del escándalo que involucró a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), entidad que, según informes, habría alojado a Henao en un apartamento en Bogotá por casi dos meses, sin ingresarlo al pabellón de extraditables de la cárcel La Picota. Finalmente, fue entregado a las autoridades competentes el 8 de abril y trasladado al centro penitenciario.
El historial delictivo de alias ‘el Mocho Olmedo’ es extenso. Según registros de la Interpol y la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional, tiene al menos diez anotaciones judiciales, nueve de ellas por concierto para delinquir en asociación con otros delitos, como porte y tráfico de armas, homicidio agravado, amenazas, y desplazamiento forzado. Además, se encuentra vinculado a una noticia criminal a cargo de la Fiscalía 128 especializada contra las Organizaciones Criminales de Cúcuta, por hechos relacionados con el atentado del 15 de junio de 2021 contra la Brigada Veinte del Ejército Nacional.
La Corte Suprema también estableció condiciones para su eventual entrega. Si el presidente de la República decide conceder la extradición, deberá garantizar que, en caso de ser absuelto, sobreseído o cumplir su condena, Henao Gutiérrez podrá retornar a Colombia en condiciones de dignidad y respeto.
Esta resolución representa un punto de quiebre en la estrategia del Gobierno Petro, que ha promovido una política de “paz total” mediante acercamientos con grupos armados al margen de la ley. Aunque el Ejecutivo no se ha pronunciado oficialmente sobre el fallo, el mismo pone en entredicho el margen de acción política frente a compromisos judiciales internacionales.
Mientras tanto, sectores de la oposición y organismos de derechos humanos han señalado la necesidad de que se garantice la transparencia en el procedimiento de extradición y el respeto a los derechos fundamentales del acusado, en especial por su rol como interlocutor en los diálogos de paz.
El caso de alias ‘el Mocho Olmedo’ no solo pone en evidencia la tensión entre justicia y negociación política, sino también revela los vacíos y contradicciones en el manejo de los delegados en procesos de paz que aún no están plenamente institucionalizados.
A medida que se espera la decisión final del presidente sobre la entrega del excombatiente a las autoridades estadounidenses, el país vuelve a debatirse entre la necesidad de cumplir compromisos internacionales de justicia y la apuesta nacional por desescalar el conflicto armado.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia sienta así un precedente sobre cómo deben abordarse los casos de guerrilleros en negociación que, simultáneamente, son requeridos por delitos transnacionales.
Y.A.