Carné de fiebre amarilla, requisito para viajar: ¿en qué ciudades comienza a regir la medida?

El Ministerio de Transporte impone nuevas medidas sanitarias obligatorias para empresas de transporte, terminales y autoridades de tránsito, con el fin de prevenir la propagación de la fiebre amarilla en zonas de riesgo.

El Ministerio de Transporte de Colombia ha emitido una nueva Circular Externa dirigida a las empresas de transporte terrestre y fluvial, así como a las terminales, agencias, conductores y autoridades locales, con el objetivo de contener la propagación de la fiebre amarilla, una enfermedad viral transmitida por mosquitos que continúa representando un serio riesgo en regiones endémicas del país. Esta medida tendrá aplicación inmediata en los departamentos de Huila y Tolima, donde se ha identificado una alta circulación del virus.

La directriz establece como requisito obligatorio la presentación del carné de vacunación contra la fiebre amarilla para todos los usuarios del transporte público, al momento de adquirir su tiquete, ya sea de forma presencial o por medios digitales. Esta exigencia también se extiende a los conductores, quienes deberán portar el documento y demostrar su inmunización.

En caso de no poseer el carné, los pasajeros podrán firmar una declaración juramentada en la que conste su antecedente vacunal y asuman plena responsabilidad en caso de un eventual contagio. Si el usuario declara no haberse vacunado con al menos 10 días de anticipación al viaje, también deberá suscribir dicho documento, reconociendo los riesgos personales y para terceros que su omisión puede implicar.

Para las modalidades de transporte especial y mixto, se mantiene el mismo protocolo: el carné o certificado debe ser presentado antes del abordaje, y los conductores deben estar vacunados o firmar la declaración exigida. Adicionalmente, deberán detenerse en los puntos de control sanitario establecidos por las autoridades de salud, colaborando activamente en los procesos de verificación realizados por la policía y entidades sanitarias en las vías nacionales.

La normativa también alcanza a las terminales de transporte, que estarán obligadas a difundir información visible y clara sobre los riesgos, síntomas y medidas preventivas frente a la fiebre amarilla. Se exige que estas instalaciones colaboren plenamente con las empresas para la correcta implementación de todas las disposiciones.

El sector del transporte de carga no ha sido excluido. Las empresas deberán verificar que sus conductores estén debidamente vacunados antes de autorizar la movilización de vehículos con manifiestos. La medida busca blindar todos los eslabones del sistema de movilidad frente a una posible expansión del virus.

En cuanto al transporte fluvial, las restricciones son similares: no se permitirá el embarque de pasajeros sin la debida acreditación vacunal. En ausencia del documento, se aplicará la presentación de la declaración de responsabilidad. Las inspecciones fluviales y autoridades locales tienen la instrucción de tomar acciones contundentes para garantizar el cumplimiento de esta resolución.

La Circular Externa también solicita que los municipios, departamentos y distritos, así como las entidades de inspección, control y vigilancia, actúen de manera articulada para hacer efectiva la norma. Esto incluye el suministro de material informativo y el despliegue de operativos de control en zonas de embarque y paso vehicular.

Estas disposiciones, tomadas en el marco de un enfoque de salud pública y prevención, responden a la necesidad de frenar brotes de fiebre amarilla, cuyo potencial de expansión se incrementa durante épocas de alta movilidad y condiciones climáticas favorables a los vectores.

Con estas medidas, el Gobierno busca no solo proteger a los viajeros, sino también evitar que el virus se disemine hacia regiones no endémicas del país, lo que podría desencadenar emergencias epidemiológicas más amplias.

El cumplimiento de estas reglas no es opcional. Las empresas que incumplan podrán enfrentar sanciones administrativas, según lo establecido en la normativa vigente. Desde ya, se hace un llamado a la ciudadanía para que consulte su estado de vacunación y, de ser necesario, acuda a los centros de salud autorizados para inmunizarse con la debida anticipación.

La fiebre amarilla, aunque prevenible, continúa siendo una amenaza latente. Por ello, el Ministerio de Transporte, en coordinación con las autoridades sanitarias, intensifica sus acciones para garantizar viajes seguros y responsables por el territorio nacional.

CIRCULAR: 

CIRCULAR 20254000000217_89280 %281%29_4 by LIBERTAD DIARIO

Y.A.