La Corte respaldó el derecho de Guillermo Manrique Berrío a seguir los rituales fúnebres wayúu, y ordenó a la Fiscalía de Maicao expedir el acta de defunción de su hijo.
La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha tomado una decisión trascendental en la protección de los derechos culturales de las comunidades indígenas, al fallar a favor de Guillermo Manrique Berrío, un indígena wayúu que se negó a permitir la necropsia de su hijo asesinado en enero de este año, como parte de su derecho a preservar sus rituales culturales y tradiciones fúnebres. En un fallo que reconoce la importancia de la libertad de cultos y los derechos de los pueblos indígenas, la Corte ordenó a la Fiscalía de Maicao expedir el acta de defunción del hijo de Manrique, luego de un proceso judicial que generó controversia en torno a la convivencia de los procedimientos judiciales con las costumbres indígenas.
El caso de Manrique Berrío comenzó cuando las autoridades judiciales, tras el asesinato de su hijo, intentaron realizar el levantamiento del cuerpo para proceder con una necropsia y la inspección del cadáver. Sin embargo, el hombre de la comunidad wayúu se negó, argumentando que dicha práctica contravenía sus tradiciones culturales que exigen realizar los rituales fúnebres de una manera específica, entre las cuales se encuentran los procesos de exhumación y otras ceremonias relacionadas con la muerte.
La negativa del indígena a permitir el levantamiento del cuerpo fue considerada por la Notaría Única de Maicao como una infracción a los procedimientos legales, lo que resultó en la negativa para la emisión del registro civil de defunción de su hijo. Según las autoridades, la falta de la necropsia impedía la legalidad del acta de defunción.
No obstante, Manrique Berrío, con el respaldo de su comunidad y tras presentar una tutela ante el sistema judicial, alegó que se estaba vulnerando su derecho a practicar sus creencias y costumbres religiosas, garantizados por la Constitución Política de Colombia. La tutela fue rechazada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Riohacha, que falló en contra del indígena, pero el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia, que, finalmente, falló a su favor.
En su fallo, la Sala Penal de la Corte Suprema argumentó que las comunidades indígenas, en este caso, la comunidad wayúu, tienen el derecho constitucional a ejercer su libertad de cultos y a practicar sus rituales fúnebres de acuerdo con sus tradiciones, sin que las normas del derecho ordinario prevalezcan sobre sus usos y costumbres. De esta manera, la Corte reafirmó que el derecho a la diversidad étnica y cultural debe ser respetado, especialmente cuando se trata de prácticas tradicionales, como la inhumación, la exhumación y el traslado de cadáveres, que son esenciales para la comunidad wayúu.
Además, la Corte aclaró que, aunque la Fiscalía tiene la potestad para realizar procedimientos de inspección del cadáver, en este caso, el respeto a las tradiciones indígenas y el derecho a la diversidad cultural debe primar, incluso sobre los procedimientos judiciales ordinarios.
El fallo también destacó la importancia de la inclusión de los derechos culturales dentro de la justicia ordinaria, haciendo un llamado a las autoridades para que sean conscientes de la diversidad cultural que caracteriza a Colombia. En particular, la Corte expresó que el respeto a la identidad cultural de los pueblos indígenas debe ser un principio rector en la toma de decisiones judiciales relacionadas con estos pueblos.
Finalmente, la Corte Suprema ordenó a la Fiscalía que, en un plazo máximo de un mes, expidiera el certificado de defunción del hijo de Guillermo Manrique Berrío, resolviendo de manera positiva el conflicto y respetando las creencias y costumbres del indígena wayúu.
Este fallo de la Corte Suprema es un claro ejemplo de cómo el sistema judicial colombiano ha comenzado a adaptarse a las realidades y necesidades de las comunidades indígenas, reconociendo la importancia de proteger sus derechos culturales, en un contexto donde las tensiones entre la justicia ordinaria y los derechos colectivos de los pueblos indígenas pueden generar situaciones complejas.
Este caso no solo resalta la protección de los derechos culturales de los pueblos indígenas, sino también la necesidad de una armonización de las leyes del país con el respeto y la promoción de la diversidad étnica que caracteriza a Colombia.
Y.A.