Pastor acusado de violar a su hijastra no fue imputado por tentativa de feminicidio: el vacío legal que causa indignación en Caldas

Aunque la víctima aseguró que su padrastro quería asesinarla tras abusarla, la Fiscalía no imputó feminicidio en grado de tentativa porque no hubo historia clínica que certificara riesgo de muerte.

La indignación social en Caldas crece tras conocerse nuevos detalles del caso de José Ramírez, el pastor cristiano acusado de violar a su hijastra de 13 años y presuntamente haber planeado su asesinato. A pesar de la gravedad de los hechos y de las declaraciones de la víctima, la Fiscalía General de la Nación no le imputó el delito de feminicidio en grado de tentativa, lo que ha generado fuertes críticas entre los habitantes de Chinchiná y expertos en derecho penal.

Todo comenzó cuando se viralizaron en redes sociales imágenes impactantes de una niña corriendo aterrada por una calle destapada de la vereda San Andrés, en jurisdicción de Chinchiná. La menor, con una sábana cubriéndola y una cuerda atada al cuello, huía desesperada de su padrastro, líder religioso del Ministerio Apostólico del Reino en Santa Rosa de Cabal, Risaralda. Según confesó la víctima, José Ramírez la violó, le cavó un hueco en el monte para enterrarla viva, y luego la persiguió para consumar su plan.

La reacción de la comunidad fue inmediata: una turba enardecida lo persiguió con palos y machetes hasta capturarlo y propinarle una golpiza antes de entregarlo a la Policía. El jueves 1 de mayo de 2025, un juez determinó su envío a prisión preventiva mientras avanza el proceso judicial. Sin embargo, la imputación solo incluyó los delitos de secuestro agravado y acceso carnal abusivo con menor de 14 años, sin considerar la tentativa de feminicidio, lo cual causó sorpresa e inconformidad.

El abogado defensor de la niña y su madre, Julián Andrés Martínez, explicó al diario La Patria que la decisión del juez se basó en la interpretación estricta del artículo 104A del Código Penal Colombiano, el cual define el feminicidio como el asesinato de una mujer por su condición de género. Según Martínez, para que se configure la tentativa de feminicidio se requiere una historia clínica que demuestre que la víctima estuvo al borde de la muerte, producto de una agresión motivada por su identidad de género. En este caso, no se cuenta con ese documento médico.

“La jurisprudencia colombiana, como la Sentencia SP1597-2024 y la STC531-2020, ha establecido que el feminicidio tentado solo puede imputarse si la evidencia médica demuestra que la víctima pudo haber muerto de no ser por la intervención médica. Y ese no es el caso”, señaló Martínez.

Esta interpretación jurídica no ha sido bien recibida por la opinión pública, especialmente en Caldas, donde ciudadanos consideran que los indicios de premeditación del crimen y la extrema vulnerabilidad de la menor deberían bastar para imputar el delito en cuestión.

Las penas para los delitos imputados no son menores. El acceso carnal violento con menor de edad puede conllevar de 12 a 20 años de prisión, según el Código Penal, y la pena podría aumentar si se demuestra que hubo violencia física, maltrato continuado, o si el agresor es una figura paterna. A esto se suma el delito de secuestro agravado, que también contempla penas de entre 12 y 20 años. De consolidarse ambas acusaciones, José Ramírez podría enfrentar al menos 40 años de cárcel.

Sin embargo, hay sectores que, en una postura aún más polémica, han salido en defensa del pastor. Algunos feligreses de su iglesia afirman que Ramírez fue víctima de una “posesión demoníaca” y que las acciones no le pertenecen a él, sino al “diablo”. Incluso han pedido que se respete su presunción de inocencia y se evalúe su caso desde una perspectiva “espiritual”.

Mientras tanto, la menor y su madre reciben acompañamiento psicológico, y las autoridades insisten en que el proceso penal continuará con base en las pruebas disponibles. José Ramírez permanece bajo custodia en centro penitenciario, recuperándose de las heridas causadas por la golpiza comunitaria.

Este caso deja en evidencia las brechas legales que aún existen para proteger de manera integral a las niñas víctimas de violencia sexual y la necesidad de revisar con mayor sensibilidad el enfoque con el que se tipifican los delitos relacionados con la violencia de género.

Y.A.