Gobierno no podrá convocar consulta popular por decreto si Senado la rechaza: Secretario General del Congreso

Diego González, secretario general del Senado de la República.

Diego González advirtió que solo en caso de silencio del Congreso en 30 días, el presidente Gustavo Petro podrá convocar la consulta popular por decreto, tras el hundimiento de la reforma laboral.

El Gobierno del presidente Gustavo Petro enfrenta una nueva barrera en su intento por impulsar una consulta popular luego del hundimiento de la reforma laboral en el Congreso de la República. El secretario general del Senado, Diego González, confirmó que si el Senado emite un concepto desfavorable, el presidente no podrá proceder mediante decreto para convocar a las urnas, lo que limita significativamente las posibilidades del Ejecutivo de materializar esta iniciativa por fuera del canal legislativo.

González será el funcionario encargado de recibir oficialmente el texto de la propuesta de consulta popular, el cual será entregado por el presidente Petro. Posteriormente, el documento pasará al presidente del Senado, Efraín Cepeda, quien deberá definir el procedimiento legislativo para su evaluación y eventual aprobación. El análisis incluirá tanto el contenido del texto como la justificación jurídica y política para su convocatoria.

“El Senado tendrá un plazo máximo de 30 días para emitir un concepto favorable o desfavorable. Si el concepto es desfavorable, como usted me lo pregunta, el presidente deberá utilizar otro mecanismo de intervención ciudadana que no sea la consulta popular. Es decir, no podrá expedir un decreto que convoque a votaciones», afirmó González. Esta interpretación se basa en lo establecido por la Ley 134 de 1994, que regula los mecanismos de participación ciudadana en Colombia.

El funcionario también aclaró que el único escenario en el cual el presidente podría decretar la convocatoria a consulta es si, dentro de ese plazo de 30 días, el Congreso no emite ningún pronunciamiento. “La ley establece que, vencido el plazo sin concepto del Congreso, el presidente podrá realizarlo por decreto”, reiteró González.

Este matiz legal representa una disyuntiva crucial para el Gobierno, ya que, según han reconocido fuentes oficiales, no cuenta con las mayorías necesarias en la plenaria del Senado para asegurar un concepto favorable. Aun así, el Ejecutivo está dispuesto a “dar la pelea” en el Congreso para lograr que el trámite avance sin mayores impedimentos.

Un aspecto adicional que refuerza la posición del Gobierno es que la aprobación del concepto en el Senado no requiere mayoría calificada, sino mayoría simple. Así lo ratificó González al explicar que, según las revisiones hechas a la Ley 134 y a la Ley 1557, la norma no exige una mayoría especial como sí ocurre en otros mecanismos legislativos. “Esto necesariamente no tiene que tener unas mayorías calificadas. No está establecido así como en otras reformas. En concepto de esta Secretaría, sería una mayoría simple”, indicó.

A pesar de esta aclaración técnica, la situación política es compleja. La coalición de gobierno ha sufrido varios reveses en el Congreso, y el ambiente legislativo tras la caída de la reforma laboral no es favorable. La decisión de acudir a una consulta popular representa una apuesta de alto riesgo para el presidente Petro, quien busca legitimar sus reformas a través de mecanismos de participación directa.

Cabe recordar que el intento de reforma laboral fue hundido en medio de cuestionamientos sobre su viabilidad económica y el nivel de consenso político en torno a sus propuestas. Frente a ese fracaso, el presidente Petro ha insistido en que es el pueblo colombiano quien debe decidir sobre las grandes transformaciones estructurales del país.

El secretario del Senado también se refirió a la posibilidad de que el contenido de las preguntas de la consulta sea modificado. Aunque no dio detalles, dejó entrever que cualquier cambio también deberá ser evaluado en el mismo procedimiento por parte del Congreso.

En conclusión, el futuro de la consulta popular está atado a la voluntad del Senado y al juego de tiempos políticos. El Gobierno deberá convencer a una mayoría simple para lograr que el Congreso emita un concepto favorable. De lo contrario, y salvo que el Senado guarde silencio dentro del plazo de 30 días, la consulta popular quedará descartada como alternativa.

Y.A.