Ciudadanos de Puerto Colombia enfrentan cobros excesivos de impuesto de alumbrado público sin recibir respaldo de sus autoridades

Puerto Colombia, Atlántico.

El municipio de Puerto Colombia impone un oneroso impuesto de alumbrado público calculado sobre el consumo mensual, mientras sus líderes, llamados a defender los derechos ciudadanos, guardan silencio ante los cobros indebidos.

Por: Redacción.
DIARIO LA LIBERTAD. 

En Puerto Colombia, Atlántico, crece la indignación entre los usuarios del servicio de energía eléctrica debido a los constantes aumentos en el valor del kilovatio por hora (Kwh) y a la existencia de un cobro adicional: el impuesto de alumbrado público. Este gravamen, regulado por el Acuerdo No. 011 del 24 de diciembre de 2020, se aplica de manera porcentual sobre el consumo mensual, cobrando un 12% a los estratos residenciales y un 15% a los establecimientos comerciales e instituciones educativas.

La normativa establece, de acuerdo con el artículo 124 del acuerdo, que el marco legal del impuesto se basa en leyes de 1913, 1915 y 2016. El artículo 125 define como hecho generador el beneficio recibido por el alumbrado público, y el artículo 127 fija las tarifas mencionadas. Sin embargo, en la práctica, su aplicación está generando cobros excesivos que no solo afectan gravemente la economía de los usuarios sino que también violan principios constitucionales básicos de equidad y justicia tributaria.

WhatsApp Image 2025 04 26 at 10.52.45 AM

Uno de los problemas más graves detectados es el cobro doble o cobro indebido que afecta a los conjuntos residenciales y establecimientos de comercio sometidos al régimen de propiedad horizontal bajo la Ley 675 de 2001. El valor del alumbrado público es facturado tanto al NIC de la persona jurídica (es decir, al conjunto residencial o establecimiento como entidad) como individualmente a cada uno de los usuarios propietarios de unidades privadas. Este abuso implica que los ciudadanos terminan pagando dos veces por el mismo servicio, ya que el alumbrado de áreas comunes ya está contemplado dentro de las cuotas de administración.

Ante esta situación, surge un interrogante fundamental: ¿por qué los ciudadanos, de todos los estratos sociales y sectores económicos, guardan silencio? Más preocupante aún, ¿por qué sus representantes legales y políticos tampoco actúan? El alcalde Plinio Cedeño, los concejales de Puerto Colombia, los presidentes de las Juntas de Acción Comunal (JAC), el gobernador Eduardo Verano, los diputados del Atlántico e incluso los senadores y representantes a la Cámara, han mantenido un inexplicable silencio ante un tema que afecta directamente el bolsillo y los derechos fundamentales de miles de familias.

El impuesto de alumbrado público, lejos de ser un mecanismo equitativo para financiar servicios, se ha convertido en un peso adicional e injustificado para quienes ya soportan tarifas energéticas en constante aumento. Más aún, la Ley 1819 de 2016, que en su artículo 349 regula este tipo de impuesto, exige que cualquier cobro respete los principios constitucionales de legalidad, equidad, eficiencia y progresividad. Elementos que en este caso están siendo abiertamente ignorados.

Mientras tanto, los ciudadanos afectados continúan pagando facturas infladas, muchas veces sin entender por qué sus recibos de energía eléctrica suben mes tras mes. La falta de pedagogía tributaria y de mecanismos de defensa efectivos ha permitido que esta situación de abuso continúe sin control ni sanción.

Además, resulta llamativo que ni los órganos de control como la Personería, la Contraloría o la Defensoría del Pueblo hayan intervenido de manera decidida en defensa de los afectados. El silencio cómplice de las autoridades evidencia una desconexión alarmante entre los gobernantes y los gobernados, y pone en tela de juicio el verdadero compromiso de quienes fueron elegidos para proteger el interés público.

La ciudadanía de Puerto Colombia merece una explicación, pero sobre todo una acción inmediata. Es imperativo que se revise el modelo de facturación del impuesto de alumbrado público, se corrijan los cobros indebidos, y se restituya el dinero a quienes han sido afectados injustamente. Asimismo, es urgente promover campañas de sensibilización para que los usuarios conozcan sus derechos y cuenten con vías efectivas de reclamación.

No se puede seguir permitiendo que un impuesto municipal se convierta en un mecanismo de abuso contra quienes menos capacidad tienen de defenderse. Ni las consideraciones legales del Acuerdo No. 011 de 2020, ni las normas nacionales, justifican la inacción frente a un atropello evidente a los derechos constitucionales de la ciudadanía.

La defensa de los intereses económicos y los derechos fundamentales constitucionales no es opcional para los alcaldes, concejales, gobernadores, diputados, senadores y representantes. Es un deber legal y moral. Guardar silencio ante este tipo de atropellos es, en efecto, convertirse en cómplice de la injusticia.

Los ciudadanos de Puerto Colombia no deben resignarse. Es hora de exigir respuestas, reclamar sus derechos y recuperar la dignidad tributaria perdida. Porque quien paga sus impuestos merece, al menos, respeto y justicia.

Y.A.