La bulla, complemento connatural del ser Caribe
Desde Auschwitz sabemos de lo que es capaz el ser humano. Y desde Hiroshima sabemos lo que está en juego (Viktor Frankl[1])
Por Alejandro Espinosa-Patrón
Espinosa.alejandro@gmail.com
En el Caribe colombiano es natural que en la madrugada de cualquier día, el vecino encienda a todo volumen su equipo de sonido para expresar su alegría, empezar la fiesta del sábado y domingo, mostrar su afecto por su esposa o hijos, el inicio del cumpleaños de su compadre querido, el matrimonio de un familiar, grado de párvulo de su nieto, el pregrado de su hija, entre otras, sin importarles la tranquilidad de sus vecinos, lo que refleja nuestra idiosincrasia y forma de leer y entender el mundo desde el ruido, bulla infernal que afecta psicológicamente a cualquier persona.
En atención a esos actos irresponsables, propios del desdoblamiento del sujeto moderno, el Congreso de la República de Colombia aprobó La ley contra el ruido 2450 de 2025 donde “se establecen los objetivos, los lineamientos, las responsabilidades y las competencias específicas de los entes territoriales, autoridades ambientales y de policía para la formulación de una política de calidad acústica para el país”.
Por tanto, en la Ley se enfatiza en muchos actos irresponsables, pero llama la atención cuando afirma que en “las conductas generadoras de ruido o contaminación acústica tienen potencialmente carácter pluriofensivo y pueden requerir la actuación coordinada de diferentes autoridades competentes, quienes deben dar respuestas integrales, en términos de garantizar la protección o el restablecimiento de todos los bienes jurídicos afectados”. También el texto aprobado dice en Los principios, que “las autoridades encargadas de aplicar lo dispuesto en la presente Ley, tendrán en cuenta la incidencia de sus actuaciones sobre la salud humana y animal, con el objetivo de garantizar una vida sana y promover el bienestar en todos los entornos y paisajes sonoros”.
De la misma forma, me llama la atención la expresión salud humana y animal porque los animales que viven cerca de los Picó, (pick ups) o “monstruos del sonido”, que atormentan a los vecinos a cualquier hora, se encargan de matar con sus “bajos estruendosos” a los perros y gatos del sector. Esto nos podría servir para conocer, a través de una encuesta, cómo afecta ese ruido en perros o gatos y otros animales del sector para que vayan conociendo el efecto del ruido en esos animales.
Por tanto, la Ley aprobada enfatiza en la Contaminación acústica, que se refiere a “la alteración del ambiente con ruidos o vibraciones nocivos, molestos o no deseados, que impactan en lo salud, lo calidad de vida y que implican un riesgo para la salud público o degradan lo calidad del ambiente en sus diferentes medios”. Hecho que se presenta, desde diferentes marcas semióticas, como: cerrar la vía sin un permiso autorizado, hablar fuerte en los buses urbanos sin importarles que los otros escuchen sus problemas, la música a todo volumen en el transporte público, celulares estruendosos, unos sintonizando las noticias, otros escuchando una champeta, es decir, subirle el volumen a sus acciones a cualquier hora del día y la noche, muestra la indolencia humana, pues no les importa si el vecino está enfermo, los niños tienen que ir al colegio, el celador que tiene que levantarse temprano para cumplir con su horario, y a esto súmele la competencia entre vecinos con los equipos de sonido.

Además, los dueños de las máquinas infernales deberían tener como norma antes de encender sus aparatos, preguntarle a los niños, ancianos y a todas las personas enfermas del sector, pues “dependiendo de los niveles y el tiempo de exposición, la contaminación acústica puede causar algunos de los siguientes inconvenientes en la salud física y mental de los seres humanos: daño cardiovascular; problemas auditivos unilaterales o bilaterales como pérdida auditiva permanente; pérdida auditiva temporal, fatiga auditiva, tinnitus, entre otros; asimismo, puede generar daños en la salud psicosocial como estrés, malestar e irritabilidad; problemas en el aprendizaje, disminución de la capacidad de atención, concentración, memoria, y problemas comunicativos para diferenciar sonidos, palabras, oraciones, comprender mensajes, entre otros. El texto es claro, sin embargo, una cosa es la Ley aprobada y otra la realidad que viven las personas del Caribe colombiano, pues los hechos son otros, porque los equipos de sonido duran encendidos hasta tres días y nadie hace nada para decirles que los apaguen porque de facto se presenta una trifulca con machetes y palos entre los borrachos y vecinos que claman desesperadamente por la paz.

Por otro lado, y esto es muy importante que se reconozca, la población autista, pues ella puede verse afectada por la contaminación sonora producida por los equipos de sonido: “El Ministerio de Salud en un plazo no mayor a dieciocho (18) meses contados a partir de la expedición de la presente ley, deberá desarrollar la línea base para la identificación de población en el espectro autista que pueda verse afectada por la contaminación acústica o por los ruidos que afecten la tranquilidad o la convivencia. Dicha información deberá ser remitida a los municipios y distritos con el fin de que estos diseñen e implementen la infraestructura necesaria para que esta población pueda tener condiciones de confort acústico que favorezcan su desarrollo”. Esto debe realizarse antes de subirles el volumen a las máquinas infernales de la zona, pues entre ellos hay una competencia bestial que atenta contra la salud de los vecinos que les toca dormirse cuando apaguen los equipos de sonido pues los cielo rasos, ventanas y puertas suenan como si fueran hojas de cartón.
En ese sentido, la Ley del ruido es un acierto para que la gente evite el exceso de ruido en los barrios, sobre todo los altos volúmenes de los equipos de sonido, el uso de taladros a cualquier hora, hecho que debe socializarse con vallas en la ciudad para que en cada barrio, colegios o universidades la gente adquiera conciencia sobre los actos perturbadores que se presentan a diario, ya que esto “altera el sosiego con sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo, en cuyo caso podrán las autoridades de Policía desactivar temporalmente la fuente del ruido, en caso de que el residente se niegue a desactivarlo”.

Finalmente, la aplicación de la Ley permitirá que vivamos en paz y reconozcamos los problemas de los demás antes de perturbarlos con sonidos estridentes, que poco a poco van afectando al ser humano. Por ello, antes de poner sobre el acetato la cápsula fonográfica de bobina, sería bueno recordares la definición del ruido como un factor de contaminación ambiental o sonidos molestos, de potencial vulneración al disfrute de los derechos, de riesgo para la salud pública, de afectación para el bienestar de las personas, los animales y la salud y equilibrio de los ecosistemas. En atención a esta definición, se puede afirmar que, en el Caribe colombiano, Cartagena, Santa Marta, Barranquilla, Soledad, Malambo, u otros municipios, por ejemplo, ¿van a respetar y aplicar esta Ley como una segunda oportunidad sobre la faz de la tierra?
Por ende, Másmela (2011) plantea que, sin tener la más mínima posibilidad de sacrificar sus propias metas individuales en aras de un bien común, el hombre se encuentra sometido sin restricciones a un tiempo predestinado que lo arrastra hacia su propia destrucción. Su huracanada carrera hacia la desolación sin límites anula cualquier oportunidad de experimentar una vida combatiente y un tiempo subversivo (p.200)
[1] Neurólogo y psiquiatra, sobreviviente del Holocausto (26 de marzo de 1905-1997)