Tribunal Superior de Bogotá niega amparo a Álvaro Uribe en su solicitud contra juez 44 penal del circuito

Álvaro Uribe.

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en Sala Penal, negó el amparo solicitado por el expresidente Álvaro Uribe Vélez contra el Juzgado 44 Penal del Circuito. La acción de tutela alegaba la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la justicia, tras el rechazo de plano de una recusación formulada por su defensa en el marco del proceso penal en su contra.

Según la defensa de Uribe Vélez, el 10 de febrero de 2025, la jueza a cargo del caso rechazó sin trámite la recusación presentada en su contra, alegando falta de imparcialidad. Argumentaron que la jueza había mostrado predisposición contra la defensa, priorizando la celeridad del proceso sobre las garantías procesales del acusado.

El tribunal, sin embargo, concluyó que la recusación no cumplía con los requisitos legales para ser tramitada, ya que no se evidenció que la jueza hubiera emitido opiniones extraprocesales que comprometieran su imparcialidad. Además, destacó que la defensa de Uribe no agotó los recursos judiciales ordinarios, como el recurso de queja, antes de recurrir a la tutela.

La magistratura resaltó que la jueza actuó dentro de sus funciones al rechazar de plano la recusación, conforme al artículo 139 del Código de Procedimiento Penal, que le permite evitar maniobras dilatorias en el juicio. También enfatizó que la defensa del exmandatario no presentó pruebas suficientes para sustentar su argumento de parcialidad.

En consecuencia, el tribunal declaró improcedente la tutela, levantó la medida provisional que había suspendido temporalmente el proceso penal y autorizó la reanudación del juicio oral contra Álvaro Uribe Vélez.

Con esta decisión, el proceso penal continuará su curso bajo la dirección del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá.