Corte Suprema reduce su condena y devuelve beneficio de prisión domiciliaria.
La Corte Suprema de Justicia confirmó este jueves que el exgerente de la empresa Triple A, Ramón Navarro, solo ha devuelto $900 millones de los $27 mil millones del desfalco que lideró en la entidad. Esta cifra representa apenas un 3.33% del dinero sustraído, según precisó el alto tribunal.
En la sentencia de casación divulgada por la Corte, se señaló que, pese a no haber reintegrado la totalidad de los recursos defraudados, la pena de Navarro se redujo de 190 meses a 127 meses y 9 días de prisión. Además, se le restituyó el beneficio de prisión domiciliaria, revocando la decisión de segunda instancia del Tribunal Superior de Barranquilla.
La Corte también llamó la atención de la Fiscalía General de la Nación, instándola a utilizar todas las herramientas legales disponibles para recuperar los recursos obtenidos por Navarro y posibles terceros beneficiados con el desfalco. Igualmente, enfatizó la necesidad de mejorar el tratamiento de las circunstancias de mayor y menor punibilidad, permitiendo que los jueces impongan sanciones adecuadas a la gravedad de los delitos cometidos.
Un desfalco estructurado
El esquema de corrupción que lideró Ramón Navarro se basó en la creación de 54 órdenes de pedido ficticias y cuatro contratos de consultoría simulados para desviar los fondos de Triple A. Dichos gastos se registraron como operaciones normales en la contabilidad de la empresa, permitiendo su incorporación en los cálculos de dividendos y pagos a socios como Inassa S.A. y el Distrito de Barranquilla.
Los recursos desviados fueron transferidos a la firma Recaudos y Tributos, perteneciente a Inassa S.A., y posteriormente extraídos a través de proveedores encargados de efectuar los retiros bancarios.
Condena reducida y domiciliaria restituida
En 2018, la Fiscalía General de la Nación imputó a Navarro los delitos de enriquecimiento ilícito de particulares, administración desleal y falsedad en documento público. Tras aceptar los cargos, en 2020 fue condenado por el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Barranquilla a 190 meses de prisión e inhabilitación para ejercer funciones públicas por 55 meses, además de una multa de 25.005 salarios mínimos.
El fallo fue apelado y en segunda instancia, el Tribunal Superior de Barranquilla elevó la multa a 50.000 salarios mínimos y revocó la prisión domiciliaria concedida inicialmente. Sin embargo, en su reciente decisión, la Corte Suprema tumbó esta resolución, redujo la condena a 127 meses y 9 días de prisión, ajustó la multa a 33.500 salarios mínimos y restauró el beneficio de prisión domiciliaria.
Argumentos de la defensa
El abogado de Ramón Navarro alegó que su cliente se allanó a los cargos convencido de que recibiría una rebaja de la pena de entre un tercio y la mitad, pero no se le informó que la devolución del dinero defraudado era un requisito para acceder a este beneficio.
Asimismo, presentó como argumentos para la prisión domiciliaria la edad de Navarro, su estado de salud y la ausencia de antecedentes que indicaran un riesgo de reincidencia. También destacó que el procesado había consignado $900 millones como parte del resarcimiento del daño y mantenido una actitud de colaboración con las autoridades.
Ante este panorama, el caso de Ramón Navarro pone en evidencia las debilidades en la recuperación de recursos producto de la corrupción en Colombia. A pesar del desfalco millonario, el exgerente de Triple A solo ha devuelto una fracción del dinero robado y, en lugar de cumplir su condena en prisión, gozará del beneficio de prisión domiciliaria.
La decisión de la Corte Suprema genera críticas sobre la efectividad de las sanciones en casos de corrupción y la capacidad del Estado para garantizar la reparación del daño causado al patrimonio público.
Y.A.