Aguardiente Amarillo de Manzanares regresa a la venta libre tras fallo de la Corte Constitucional

La Corte Constitucional de Colombia ha dado un importante paso hacia la libre competencia y los derechos de los consumidores al declarar inexequibles los incisos primero y segundo del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016. Esta decisión elimina las barreras que permitían a los departamentos del país restringir el acceso a marcas de aguardiente diferentes a las locales, como es el caso del Aguardiente Amarillo de Manzanares.

La Industria Licorera de Caldas (ILC) celebró el fallo, destacando que ahora los colombianos podrán disfrutar de este icónico licor en todo el territorio nacional. «Este fallo es un triunfo para la libre competencia y para el derecho de los consumidores a elegir qué aguardiente desean consumir», afirmó la ILC en un comunicado oficial.

El tribunal resaltó que las restricciones departamentales, que favorecían a productores locales, afectaban negativamente la capacidad de elección de los consumidores. Según la Corte Constitucional, estas barreras violaban los principios constitucionales relacionados con la libre competencia y la economía de mercado:

«El efecto de la medida en la libre competencia se replica en el ejercicio de la libertad de elección de los consumidores».

Con la eliminación de estas restricciones, el Aguardiente Amarillo de Manzanares podrá comercializarse en regiones donde antes enfrentaba obstáculos, como Cundinamarca, Antioquia, Valle del Cauca y Nariño. La ILC espera que este cambio genere mayores ingresos para las rentas departamentales, contribuyendo a la financiación de diversos proyectos en las regiones.

Historia del Aguardiente Amarillo de Manzanares

El Aguardiente Amarillo de Manzanares, conocido por su distintivo color y sabor, tiene sus raíces en 1885, cuando la Industria Licorera de Caldas adquirió la fórmula secreta del campesino Camilo Jiménez. Este aguardiente combina caña gorobeta, anís del cerro Guadalupe y agua pura del río Santo Domingo, otorgándole un sabor fresco y aromático. A pesar de su proceso artesanal, la bebida adquirió su característico tono amarillo, que ha sido preservado por la ILC como un símbolo de su historia y tradición.

La Corte Constitucional subrayó que el monopolio de la producción de aguardiente en ciertos departamentos restringía a los consumidores, impidiendo la libre elección entre varias opciones de licor. «La completa restricción de la libertad de elección es contraria a la Constitución Política«, afirmó la Corte, destacando que este tipo de monopolios violaba los derechos económicos de los ciudadanos.

Este fallo representa una victoria no solo para la Industria Licorera de Caldas, sino también para los consumidores que, a partir de ahora, podrán elegir entre una mayor variedad de aguardientes en cualquier rincón del país.

Y.A.