El 23 de enero de 2025, la Sección Quinta del Consejo de Estado reiteró su decisión de anular la designación de Omar Fredy Prías como experto comisionado de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). A pesar de que la misma corte ya había tomado una decisión similar en julio de 2024, tras la interposición de una tutela por parte del Ministerio de Minas, Prías había regresado al cargo.
El alto tribunal subrayó que Prías no cumple con los requisitos de experiencia técnica necesarios para ocupar este cargo. Según el fallo, el candidato debía acreditar al menos 70 meses de experiencia en el sector energético, pero solo presentó 46 meses de experiencia, lo que según la Corte, no es suficiente para desempeñar las funciones que requiere un cargo de tal importancia.
En declaraciones del abogado demandante, Germán Lozano Villegas, se explicó que la ley exige que el comisionado tenga, entre otros, una amplia experiencia a nivel directivo en el sector energético. «Por lo tanto, no tiene la experticia para poder jurídicamente estar en ese cargo y tendría que separarse de él mismo», señaló Lozano.
La sentencia también recordó que los comisionados de la CREG deben cumplir con tres condiciones clave: contar con formación profesional adecuada, tener experiencia calificada en el área energética, y tener vínculos concretos con el sector. El Consejo de Estado dejó claro que debido a la importancia de la CREG, es imprescindible que sus miembros tengan un nivel de especialidad y competencia técnica.
Este fallo es el cuarto en el que el Consejo de Estado ha apartado a comisionados de la CREG por no cumplir con los requisitos de experiencia técnica o por mantener vínculos con otros sectores del Gobierno. Los otros comisionados apartados fueron Manuel Peña Suárez, Baisser Antonio Jiménez Rivera y José Medardo Prieto Suárez.
