Decisión de la Corte IDH deja a Petro sin respaldo en caso CNE

Gustavo Petro, presidente de Colombia.

Por: Redacción Web.
Diario La Libertad.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una decisión contundente al rechazar la solicitud elevada por los abogados del presidente Gustavo Petro. Esta petición buscaba que el tribunal interviniera en la investigación que lleva a cabo el Consejo Nacional Electoral (CNE) contra el mandatario por la presunta violación de los límites de financiamiento durante su campaña presidencial. El fallo, emitido el 28 de noviembre, marca un punto crucial en la controversia entre Petro y las instituciones colombianas.

La solicitud presentada ante la Corte IDH pretendía que se implementaran medidas provisionales para proteger los «derechos a la protección y garantías judiciales y derechos políticos» del presidente y su electorado. En respuesta, el tribunal internacional solicitó información al CNE, al Consejo de Estado y a la Corte Constitucional, quienes emitieron sus respectivos pronunciamientos rechazando las acusaciones del mandatario.

Caso Petro – CNE. Corte CIDH by LIBERTAD DIARIO

Las respuestas de las instituciones colombianas

El Consejo de Estado, a través de su Sala de Consulta, solicitó a la Corte IDH declarar improcedente la solicitud de Petro. Argumentó que sus decisiones se ajustan a la legislación constitucional y garantizan el fuero presidencial. Además, enfatizó que debe permitirse al Estado resolver la controversia dentro del ámbito de su derecho interno antes de acudir a instancias internacionales. «Debe darse la oportunidad al Estado de resolver la controversia de acuerdo con su derecho interno antes de verse enfrentado a un proceso internacional«, destacó la alta corte.

Por su parte, el Consejo Nacional Electoral defendió su competencia para investigar el financiamiento de las campañas electorales, señalando que esta potestad le está otorgada por la Constitución. En su comunicación, el CNE aclaró que sus sanciones administrativas no implican restricción alguna a los derechos políticos de los funcionarios elegidos popularmente. «No hay vulneración alguna del artículo 23 de la Convención Americana, dado que las sanciones administrativas no restringen los derechos políticos de los funcionarios de elección popular o de sus electores», argumentó el organismo.

El fallo de la Corte IDH

Tras analizar las posturas de las partes involucradas, la Corte IDH concluyó que la solicitud presentada por los abogados de Petro carecía de fundamento. En su decisión, la Corte señaló que «de la información aportada en esta solicitud de medidas provisionales no surge que el órgano administrativo en cuestión tenga la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente«. Además, subrayó que el pleito actual no guarda relación con la vulneración de derechos políticos que sí se reconoció en el fallo de 2020 contra la Procuraduría, cuando Petro fue inhabilitado por 15 años.

La Corte también resaltó que la situación actual difiere de la que se abordó en 2020, ya que el CNE no tiene la facultad de imponer sanciones que limiten los derechos políticos del presidente. Por ello, determinó que la petición no tenía conexión con el caso previo ni con la implementación de las medidas de no repetición ordenadas en aquel entonces.

Ante este panorama, el nuevo revés judicial para el presidente Gustavo Petro no solo debilita sus argumentos legales en la controversia con el CNE, sino que también subraya la independencia de las instituciones colombianas frente al Ejecutivo. La decisión de la Corte IDH refuerza la idea de que los mecanismos internos deben agotarse antes de buscar instancias internacionales, principio fundamental en el sistema interamericano.

A nivel político, el fallo también podría interpretarse como un llamado a fortalecer los procesos de transparencia en las campañas electorales y a garantizar que las normas que regulan estos procedimientos sean aplicadas de manera imparcial y efectiva.

En conclusión, la decisión de la Corte IDH reafirma la necesidad de respetar los límites de las competencias institucionales y de buscar la resolución de los conflictos dentro del marco legal interno antes de recurrir a instancias supranacionales. Este episodio, además, resalta la importancia de la separación de poderes y del equilibrio entre las diferentes ramas del poder público en Colombia.

Y.A.