

Se prescindirá de audiencia de alegatos y se correrá traslado para conclusiones por escrito en un plazo de diez días.
Por: Juana de Arco.
El Tribunal Administrativo del Magdalena informó que prescindirá de la audiencia de alegatos y juzgamiento en el proceso de nulidad electoral en contra del acto de elección de Carlos Alberto Pinedo Cuello como alcalde del distrito de Santa Marta. La decisión se dio a conocer mediante providencia del magistrado ponente Adonay Ferrari Padilla, con fecha del 11 de diciembre de 2024.
La medida surge después de que, según el despacho, se verificara que las pruebas documentales recaudadas en el proceso ya fueron evacuadas debidamente durante la audiencia inicial del pasado 3 de octubre de 2024. En consecuencia, el Tribunal consideró innecesario convocar la audiencia de alegatos y, en su lugar, se ordenó correr traslado a las partes y al Ministerio Público, con el fin de que presenten sus alegatos de conclusión por escrito dentro del término de diez (10) días hábiles.
El documento destaca textualmente que:
«Este Tribunal considera innecesaria la realización de audiencia de alegatos y juzgamiento y en su lugar, se dispondrá prescindir de la realización de audiencia de alegatos y juzgamiento y en su lugar, correr traslado a las partes y al Agente del Ministerio Público, para que formulen sus alegatos de conclusión por escrito dentro del término de diez (10) días, vencido el cual, se dictará sentencia por este Tribunal en la oportunidad prevista en la Ley.»
La decisión del Tribunal también aborda una solicitud adicional relacionada con la incorporación de pruebas. Se explicó que la petición, presentada por el mandatario judicial del demandado, no será resuelta en esta instancia. En palabras del magistrado Ferrari Padilla:
«El Despacho se inhibirá de pronunciarse al respecto, habida cuenta que dicho pedimento versa sobre la eficacia probatoria de una de las pruebas incorporadas al expediente.»
Se aclaró que este aspecto será considerado únicamente al momento de emitir la sentencia definitiva, donde se establecerá el valor probatorio de cada elemento, en contraste con lo planteado en la demanda y en las respuestas escritas del proceso.
Finalmente, en la parte resolutiva de la providencia, el Tribunal:
- Se inhibió de pronunciarse sobre la solicitud de incorporación de pruebas radicada el pasado 6 de diciembre de 2024.
- Ordenó correr traslado para que las partes y el Ministerio Público presenten alegatos conclusivos por escrito en un plazo de diez días. Una vez cumplido este término, se procederá a dictar la sentencia respectiva.
Con esta decisión, el proceso entra en su fase final, y se espera que el fallo definitivo sobre la nulidad electoral sea emitido antes de finalizar el año 2024. La sentencia tendrá implicaciones directas sobre el futuro político del alcalde Carlos Alberto Pinedo Cuello y el distrito de Santa Marta.