¿Es legal girar a la derecha con el semáforo en rojo? Lo que dice la ley en Colombia

Por: Redacción Web.
Diario La Libertad.

En Colombia, el Código Nacional de Tránsito regula las normas de comportamiento para conductores, peatones y pasajeros en las vías del país, con el objetivo de garantizar la seguridad y prevenir accidentes. Este reglamento establece tanto las disposiciones que deben cumplirse como las sanciones que las autoridades están facultadas para imponer en caso de infracciones. Entre estas sanciones, destacan las multas económicas y, en casos graves, la inmovilización de vehículos.

Uno de los puntos más relevantes de esta normativa se refiere a las señales de tránsito, en especial los semáforos, cuyas luces determinan cuándo avanzar, precaución o detenerse. Sin embargo, aunque la regla general dicta que los vehículos deben detenerse completamente cuando el semáforo está en rojo, existe una excepción poco conocida que permite a los conductores continuar su marcha bajo condiciones específicas.

La regla del giro a la derecha con semáforo en rojo

De acuerdo con el artículo 118 de la Ley 769 de 2002, los conductores tienen permitido girar a la derecha incluso cuando el semáforo se encuentra en rojo. Esta maniobra, no obstante, está condicionada a ciertas reglas fundamentales:

  • Debe priorizarse al peatón en caso de que se encuentre cruzando la vía.
  • No se debe poner en riesgo la seguridad de otros actores viales ni del flujo vehicular en la intersección.

Este derecho al giro a la derecha, aunque legal, está sujeto a restricciones específicas. Por ejemplo, existen señales adicionales instaladas en algunos semáforos que expresamente prohíben girar a la derecha con el semáforo en rojo. Estas restricciones suelen indicarse con flechas que apuntan a la derecha y cambian de color de acuerdo con la luz del semáforo. Así, cuando la flecha está apagada o en rojo, el giro no está permitido bajo ninguna circunstancia.

Multas por no respetar las normas del semáforo

El incumplimiento de las reglas sobre el uso de semáforos está contemplado en el artículo D04 del Código Nacional de Tránsito. Este establece que “no detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de ‘PARE’ o un semáforo intermitente en rojo” es una infracción sancionada con una multa equivalente a 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), es decir, cerca de $1.300.000 en el año 2024.

Dicha sanción aplica incluso cuando el conductor gira a la derecha en una intersección donde esta maniobra está prohibida mediante señalización especial. Es decir, el hecho de no respetar estas normas puede acarrear no solo una multa considerable, sino también riesgos para la seguridad vial.

Educación vial y respeto por las señales

A pesar de que esta excepción está contemplada en la normativa colombiana, muchos ciudadanos desconocen su existencia o las condiciones para aplicarla correctamente. Por ello, es fundamental que tanto los conductores como las autoridades promuevan el respeto por las normas de tránsito y la educación vial como herramientas clave para reducir los riesgos en las carreteras.

Además, las autoridades deben asegurar la adecuada señalización en los cruces donde el giro a la derecha está restringido, evitando confusiones que puedan derivar en accidentes o sanciones innecesarias.

Así las cosas, el giro a la derecha con semáforo en rojo es una maniobra permitida en Colombia, pero no debe tomarse como una regla general en todos los cruces. Es una excepción válida solo cuando se cumplen las condiciones de seguridad establecidas en la ley y en ausencia de señalización que indique su prohibición.

En un país donde el respeto por las normas de tránsito sigue siendo un desafío, es crucial que se refuercen las campañas de educación vial para garantizar que tanto conductores como peatones comprendan las reglas y sus excepciones. Promover el conocimiento de estas disposiciones puede salvar vidas y mejorar la convivencia en las vías.

Y.A.