Aunque la ley establece fechas fijas para el pago de la prima de Navidad, puede ser posible fraccionarla si hay un acuerdo entre el empleador y el trabajador.
Por: Redacción Web.
Diario La Libertad.
La prima de Navidad es uno de los beneficios más esperados por los trabajadores colombianos en diciembre, ya que permite saldar deudas o comprar regalos para las festividades de fin de año. De acuerdo con el Ministerio de Justicia, esta prestación corresponde a un mes de salario por cada año trabajado. Sin embargo, si el tiempo laborado es menor, la prima de Navidad será proporcional.
Esta prima se paga en dos cuotas durante el año, la primera en junio y la segunda en los primeros días de diciembre, aunque existen dudas sobre la posibilidad de recibirla en varias cuotas. El Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 306, establece que el pago de la prima debe hacerse en un solo abono, pero señala que, en situaciones excepcionales, puede acordarse el pago fraccionado entre el empleador y el trabajador.
La conferencista Angie Marcela Vargas explica que, aunque la ley no permite la imposición del pago en cuotas, un acuerdo mutuo podría permitirlo, especialmente si el empleador enfrenta una emergencia económica o el trabajador solicita un plan de pago. En todo caso, el pago debe cumplirse dentro de los plazos establecidos por la legislación.
En caso de no recibir la prima de servicios en el tiempo estipulado, el Ministerio de Justicia recomienda intentar resolver el conflicto directamente con el empleador. Si no es posible llegar a un acuerdo, los empleados pueden acudir al inspector del trabajo, quien brinda asesoría y puede ayudar a solucionar el problema mediante conciliaciones. En lugares donde no hay un inspector disponible, otras opciones como la Defensoría del Pueblo o el Personero Municipal pueden ofrecer apoyo.
Es esencial que los trabajadores conozcan sus derechos y cómo proceder en caso de que no se les reconozca la prima de Navidad, ya que este beneficio es clave para cerrar el año con estabilidad económica.
Cálculo de la prima de Navidad
Para los trabajadores que hayan completado el año laboral, el monto de la prima de Navidad se determina tomando en cuenta varios factores, según lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto 1045 de 1978. Estos factores incluyen:
- El salario base mensual correspondiente al cargo desempeñado.
- Los aumentos salariales establecidos en los artículos 49 y 97 del Decreto-Ley 1042 de 1978.
- Los gastos de representación.
- La prima técnica.
- Los auxilios para alimentación y transporte.
- La prima de servicios y la prima de vacaciones.
- Las bonificaciones por los servicios prestados.
En caso de que el trabajador no haya laborado durante todo el año, el cálculo de la prima de Navidad se realiza de manera proporcional, teniendo en cuenta estos mismos factores, siempre que hayan sido aplicables durante el tiempo trabajado.
Y.A.