Motos que no cumplan nuevas normas de seguridad no podrán circular en 2025

En Colombia, donde circulan más de 11 millones de motocicletas, el Ministerio de Transporte ha anunciado nuevas medidas de seguridad que entrarán en vigor desde el 1 de enero de 2025. Estas regulaciones forman parte del Plan Nacional de Seguridad Vial 2022-2031, que busca reducir los siniestros viales e igualar los estándares nacionales con los internacionales.

Según la normativa, las motocicletas ensambladas o importadas a partir de 2025 deberán incluir sistemas avanzados de seguridad. Las motocicletas con cilindraje entre 50cc y 150cc o potencia entre 4kW y 11kW estarán obligadas a incorporar sistemas de frenado combinado (CBS) o antibloqueo de frenos (ABS). Por su parte, las motos con cilindraje superior a 150cc o potencia mayor a 11kW deberán estar equipadas con sistema ABS.

A partir de 2026, estas exigencias se ampliarán a motocicletas con cilindraje superior a 125cc, buscando que todos los vehículos de este tipo cumplan con las normas de seguridad establecidas por organismos como la ONU y los FMVSS de Estados Unidos. Además, se impondrán otras medidas, como el uso obligatorio de luces encendidas durante el día y llantas certificadas que garanticen mejor tracción y frenado.

Motos que no podrán circular

Las motocicletas que no cumplan con estos requisitos técnicos no podrán circular por las vías del país. Específicamente:

  • Motos con cilindraje entre 50cc y 150cc o potencia entre 4kW y 11kW que no posean sistemas CBS o ABS.
  • Motos con cilindraje superior a 150cc o potencia mayor a 11kW que no tengan sistema ABS.

Y.A.