La mañana de este 26 de noviembre de 2024, la diputada María Margarita Guerra, en calidad de accionante, solicitó urgentemente el cumplimiento de la medida provisional decretada por el Juez Sexto Penal Municipal de Santa Marta, Jairo Ramos Lagos, en relación con la suspensión de la sesión plenaria programada para la elección de la mesa directiva de la Asamblea Departamental del Magdalena.
En su solicitud, la diputada expone que, a pesar de la medida judicial que suspendía dicha sesión, la presidenta de la mesa directiva había comunicado que se realizaría la sesión, violando así la orden judicial.
La diputada María Margarita Guerra instauró su acción de tutela debido a la irregularidad en la aprobación del acta de la sesión del viernes en la Asamblea Departamental del Magdalena. Según Guerra, la Mesa Directiva aprobó el acta sin que los diputados tuvieran acceso previo al documento, lo que vulnera el derecho al debido proceso y los derechos políticos de los legisladores.
La acción, diferente a la interpuesta por el diputado Rafael Noya, se centra en la convocatoria para la elección de la nueva mesa directiva, que fue realizada de manera inapropiada según el reglamento interno de la Asamblea. Guerra denuncia que, a pesar de que se advirtió sobre la irregularidad durante la plenaria, la Mesa Directiva continuó con el proceso de aprobación sin cumplir con las normativas.
La diputada también critica las acciones de la Mesa Directiva, asegurando que fueron estas las que propiciaron el incumplimiento de los procedimientos establecidos, lo que obligó a recurrir a la justicia constitucional para salvaguardar los derechos de los diputados.
«Ellos hablan de que estas son medidas dilatorias, el acudir a una acción constitucional porque a nosotros no nos respetan dentro del recinto de la Asamblea, ni siquiera el uso de la palabra, porque nos callan, nos censuran, por ello nos toca acudir ante un juez, si nosotros le estamos advirtiendo que están cometiendo una irregularidad y no nos tienen en cuenta, toca acudir ante un Juez Constitucional», dijo la diputada Guerra. (ver entrevista minuto 55:15)
Agregó la diputada en su argumento válido que, «Es la mesa directiva que ha cometido los errores y quien ha dado pie para interponer las acciones de tutela, entonces no podemos hablar de unas medidas dilatorias, pues son ellos quienes han propiciado los escenarios donde realmente se violan los tres días del reglamento interno, aquí hubo una primera vulneración y fue una convocatoria de un día sábado para un día lunes, no cumpliendo el reglamento. Reversaron por medio de mesa directiva y la misma mesa directiva vuelve a convocar para el día jueves, usurpando la función de la plenaria que es la máxima autoridad de la Asamblea Departamental, por eso, fue que el diputado Rafael Noya impetró una acción de tutela en su momento y tampoco se pudo realizar esa elección el día jueves porque no era competencia la mesa directiva, tanto así que, el día viernes en una proposición, ellos admiten el error que no debieron haber convocado por medio de mesa directiva, sino por parte de una proposición hacen la respectiva proposición, la aprueban, pero el error estuvo en que se aprueba el acta sin tener conocimiento de la misma», concluye la Diputada.
La resolución que modifica la fecha de la entrevista a los aspirantes al cargo de Secretario General de la Asamblea indica que la sesión podría extenderse, afectando el normal desarrollo de las actividades.
Ante la falta de cumplimiento, la diputada solicitó que se comunique la medida provisional a la Procuraduría Regional del Magdalena y al Comandante de la Policía del Magdalena, para que se garantice el respeto a la orden judicial, evitando así un perjuicio irreparable.

En igual entido, la diputada pidió que se enviara una copia de las comunicaciones a las autoridades correspondientes, a fin de asegurar la ejecución de la medida y el cumplimiento de la tutela.
El Juez Sexto Penal Municipal continúa evaluando la situación y se espera que las instituciones colaboren en el cumplimiento de la medida y en evitar cualquier acción que pueda obstruir el proceso judicial.











