Por Amylkar David Acosta Medina
El mayor cuestionamiento al Proyecto de Acto legislativo que reforma al SGP era que se le transferían más recursos a los departamentos y municipios sin que estos asumieran mayores competencias, ahora que se condicionó su vigencia a la de la Ley de competencias se aduce que esta debe anteceder a aquel.
Nos parece una discusión bizantina de que fue primero: si el huevo o la gallina. Lo importante es que la Ley de competencias replantee y balancee las responsabilidades que asuma la Nación y las que asuman departamentos y municipios. El orden de los factores no altera el producto. Eso si, evitando duplicidades en el cumplimiento de las mismas.
En el transcurso de los últimos 32 años (1990-2022) y 8 periodos presidenciales, se aprobado 18 reformas tributarias. Todas ellas para arbitrarle recursos a la Nación, ninguna para los departamentos y municipios. La última que se aprobó para beneficio de ellas fue en 1983(Ley 14). Ello explica que de cada $100 que se recauda la Nación se queda con $89!
Barranquilla, noviembre 3 de 2024