Racionamiento de gas natural para la Costa Caribe: Ministerio de Minas emite resolución clave para garantizar el servicio eléctrico

El Ministerio de Minas y Energía ha publicado un borrador de resolución que establece un racionamiento programado de gas natural para asegurar el funcionamiento de las plantas térmicas que suministran energía eléctrica a la Costa Caribe. La medida será implementada del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2024, y responde a la parada obligatoria de la planta regasificadora de Cartagena por trabajos de mantenimiento, una instalación crucial para la importación de gas natural licuado que abastece a las plantas térmicas de la región.

Según la resolución, «se declarará el inicio de un racionamiento programado de gas natural de 84,6 GBTUD los días 31 de octubre y 1 de noviembre, 75,7 GBTUD el sábado 2 de noviembre, 60,3 el domingo 3 de noviembre, y 72,4 el lunes 4 de noviembre», buscando mantener la operatividad de las plantas generadoras que utilizan este recurso para proveer electricidad en la zona, en especial a Caribe 2, parte del Sistema Interconectado Nacional.

Fundamentos de la medida

El documento justifica el racionamiento con base en la Ley 142 de 1994, que establece la importancia de los servicios públicos esenciales, como el gas natural, para garantizar la calidad de vida de los usuarios. La ley otorga al Estado la potestad de intervenir en casos de emergencia para garantizar la continuidad y eficiencia del servicio. Asimismo, la Ley 401 de 1997 y el Decreto 1073 de 2015 estipulan que, en situaciones de emergencia o déficit de gas natural, el gobierno debe tomar acciones para priorizar el suministro a los sectores más críticos.

De acuerdo con el Ministerio, la falta de gas natural debido al mantenimiento de la planta regasificadora afectaría gravemente la generación de energía para la región, lo que obligó a implementar esta medida temporal. El racionamiento no solo garantizará el suministro eléctrico, sino que también evitará una posible crisis energética en la zona.

Prioridades en el abastecimiento

El borrador de la resolución establece que la demanda de gas natural se atenderá según un orden de prioridad. En primer lugar, se garantizará el suministro a las estaciones de compresión del Sistema Nacional de Transporte (SNT), seguido de los usuarios residenciales y pequeños usuarios comerciales, y los vehículos que utilizan gas natural comprimido (GNCV). Asimismo, se priorizará la demanda de gas para las refinerías, excepto aquellas que puedan suplir su consumo energético con fuentes alternativas, como la electricidad del Sistema Interconectado Nacional.

El documento también señala que, en segundo lugar, se atenderá la demanda no esencial con contratos vigentes y registrados, siempre y cuando tengan garantías de suministro sin interrupciones. Para estos casos, el volumen será asignado según las condiciones contractuales, dándole prioridad a los usuarios con el costo de racionamiento más alto.

Finalmente, las exportaciones de gas natural, que no son consideradas de alta prioridad, serán las últimas en ser atendidas, conforme a la reglamentación vigente.

Gestión del gas y responsabilidades de las plantas térmicas

La resolución detalla que el Consejo Nacional de Operación de Gas (CNOGas) será el encargado de realizar los balances necesarios para garantizar que el gas disponible se utilice de manera eficiente en las plantas térmicas de seguridad de la región Caribe. Esta gestión incluye negociaciones con los remitentes para obtener gas que pueda ser destinado a estas plantas.

Además, las plantas térmicas que cuenten con obligaciones de energía firme (OEF), en caso de ver reducido su suministro de gas, verán disminuidas proporcionalmente sus responsabilidades diarias de OEF, sin que ello afecte su remuneración por el Cargo por Confiabilidad. De igual manera, aquellas plantas que reciban gas para la generación de seguridad en la región Caribe deberán operar de acuerdo con las instrucciones del Centro Nacional de Despacho (CND), que supervisará la disponibilidad energética y la distribución del gas.

Implicaciones a largo plazo

Aunque el racionamiento de gas es una medida temporal, su aplicación pone en evidencia la necesidad de revisar las estrategias de abastecimiento energético a largo plazo en Colombia. La dependencia de la infraestructura de regasificación y la vulnerabilidad del sistema ante mantenimientos programados o imprevistos subrayan la importancia de diversificar las fuentes de energía y fortalecer las redes de transporte y distribución de gas natural.

Este tipo de contingencias, aunque planificadas con antelación, también generan incertidumbre en otros sectores, como el industrial y el comercial, que dependen del gas natural para sus operaciones. La implementación de estas medidas debería ser acompañada de una mayor comunicación con los usuarios y sectores afectados para mitigar el impacto económico y social.

El análisis a largo plazo debe considerar cómo este tipo de situaciones pueden influir en la transición energética que el país necesita, y qué ajustes se requieren en la normativa para evitar futuros escenarios de racionamiento prolongado o crisis energéticas.

Aquí el borrador: