Alumbrado público Barranquilla

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En el año 2016, el alcalde de Barranquilla, Alejandro Char entrego a  la sociedad APBAQ SAS, actual empresa KYENA SAS, el 59% del recaudo del  impuesto de alumbrado público por el termino de 30 años.

K-yena es la encargada de operar, administrar, modernizar, reponer, y expandir el servicio de alumbrado público en la ciudad de Barranquilla, y comprar y posteriormente generar o producir la energía eléctrica que se consumen.

En el objeto del contrato, se estipuló que la empresa que se lo ganara, deberá hacer en los próximos 3 años una inversión de  $85.900 MILLONES DE PESOS, En modernización de las luminarias, es decir: implementar luminarias LED, y expandir el circuito de alumbrado público en la ciudad.

¿En Barranquilla, la única empresa facultada que tenía la capacidad de suministrar todas las luminarias es ? Ya ustedes saben quién es !!!

En la actualidad, este impuesto Representa en la factura de energía un 16%. OJO, en la factura, no en la fórmula tarifaria.

Entre los años 2020 a 2023, el recaudo de este impuesto fue de aproximadamente 600.000 mil millones de pesos, de los cuales, la sociedad mixta KYENA SAS, se queda con el 59 % del recaudo y el distrito de barranquilla con el 41%.

El alumbrado público es un servicio no domiciliario, se encuentra adscrito al sistema de prestación de energía, mediante los acuerdos municipales, es decir; “estatutos tributarios”.

Lo cobran por que el usuario se beneficia de manera directa o indirecta del servicio de alumbrado público.

Ejemplo:

1-Luminaria Alurban de 90watios. Consume cada 12 horas (1.080wattios por días)

Si multiplicamos 1080 x 30 días = 32.400 wattios x mes.

Si dividimos 32.400 wattios/ 1000 = 32 kwh en el mes.

En la actualidad,

32kwh x 1150 pesos = 36.800 pesos

Analicen este ejemplo

Usuario Industrial (Frigorífico de Carnes)

Este usuario tiene dos luminarias afuera de su negocio, legalmente Deben cobrarle x las 2 LUMINARIAS que le prestan el servicio a su negocio, el valor de  $73.600 PESOS, pero como en las leyes 80 de 1993 y 1474 de 2011, los Decretos 2424 de 2006, 1082 de 2015 y 0943 de 2018, y la Resolución CREG 123 de 2011, entre otras, estipularon que se debe cobrar por un principio de “SOLIDARIDAD” lo mismo que hicieron con la resolución CREG 010 de 2020, todos los usuarios deben ser solidarios con la prestación eficiente del servicio alumbrado público que se presta en la ciudad de Barranquilla.

De hecho, este mismo usuario industrial está pagando x las 2 LUMINARIAS la suma de $3.311.000 mil pesos; por qué alguien se inventó que debe estar amarrado al rango de consumo del usuario VAYA VAYA…

A modo de ejemplo: El usuario tuvo un consumo de 50.001 kwh, esto lo multiplicas x 77 (UVT) que tiene un valor aproximado de 43.000 mil pesos.

= $3.311.000 mil pesos.

Volvemos al mismo punto de partida

“Lo que no está regulado, ni restringido, quien dice que no se puede hacer”.

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