Supervigilancia ratifica sanción contra empresa de seguridad en Sincelejo

Actualmente se encuentra en curso una investigación administrativa sancionatoria contra la empresa de vigilancia VIPERS. // Foto: Captura de pantalla.

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada confirmó la medida cautelar impuesta a la empresa Vipers Ltda., la cual había sido decretada inicialmente en junio de este año, tras una investigación sobre el rol de la empresa en la seguridad del municipio de Sincelejo. La entidad informó a través de su portal web que el proceso «continúa contra la empresa por situación del frente de seguridad en Sincelejo».

La decisión de la Supervigilancia, que ha generado revuelo en el sector de seguridad privada, ordena la «suspensión inmediata de actividades de patrullaje y en general de todas aquellas que impliquen la conservación y restablecimiento del orden público, convivencia y seguridad por parte de la empresa Vipers Ltda. en el marco del contrato LP-001-2024 suscrito con el municipio de Sincelejo”. Esta suspensión fue justificada por la entidad debido a que dichas funciones “son de competencia exclusiva de la fuerza pública en ejercicio de su misión constitucional”, lo que implica que ninguna entidad privada puede intervenir en estos aspectos fundamentales de la seguridad.

Vipers Ltda., al verse afectada por esta medida, interpuso un recurso de reposición con el fin de apelar la decisión. Sin embargo, la Superintendencia resolvió el recurso mediante la Resolución 20241300033057 del 3 de septiembre de 2024, donde ratificó la sanción y notificó a la empresa el mismo día. Con esta resolución, se confirma la prohibición de que la empresa continúe sus labores de seguridad en Sincelejo, limitando así sus operaciones en la región.

A raíz de este fallo, la Supervigilancia inició una investigación administrativa sancionatoria adicional contra Vipers Ltda., buscando determinar con mayor profundidad las irregularidades que motivaron la imposición de la medida cautelar. La entidad, en su informe, recordó que las sanciones que se pueden imponer a empresas de seguridad privada, según lo dispuesto en el Decreto Ley 356 de 1994 (Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada), incluyen desde amonestaciones hasta la suspensión o cancelación definitiva de la licencia de funcionamiento. Las sanciones incluyen:

  • Amonestación y un plazo para corregir irregularidades.
  • Multas sucesivas que pueden oscilar entre 5 y 100 salarios mínimos legales vigentes.
  • Suspensión de la licencia de funcionamiento por un periodo de hasta seis meses.
  • Cancelación definitiva de la licencia de funcionamiento.

Este caso pone en evidencia la importancia de que las empresas de vigilancia y seguridad privada se rijan estrictamente bajo la normativa vigente. En su comunicado, la Superintendencia de Vigilancia reiteró a las empresas del sector que el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Ley 356 de 1994 es obligatorio, recordando que el desarrollo de actividades relacionadas con la seguridad debe estar bajo el control de la fuerza pública, y que cualquier injerencia de entidades privadas en estas tareas contraviene las normas legales.

El escenario actual también presenta una advertencia clara para las empresas de seguridad privada que operan bajo contratos con municipios u otras entidades públicas en Colombia. La Supervigilancia subrayó que los contratantes deben asegurarse de que los servicios prestados cumplan con las disposiciones legales, evitando así sanciones que perjudiquen tanto a la empresa como a las comunidades a las que sirven.

Por su parte, las autoridades locales de Sincelejo han evitado pronunciarse públicamente sobre el impacto que tendrá la suspensión de las actividades de Vipers Ltda. en la seguridad del municipio, aunque queda claro que la responsabilidad de mantener el orden público debe seguir siendo una tarea exclusiva de las fuerzas del Estado. Mientras tanto, Vipers Ltda. enfrenta la posibilidad de sanciones más severas si no ajusta sus operaciones a la normativa vigente.