Consejo de Estado rechazó tutela de ‘Dilo Colombia’ sobre derechos fundamentales y separación de poderes

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado rechazó la acción de tutela interpuesta por la Fundación Defensa de la Información Legal y Oportuna – Dilo Colombia, que buscaba la protección de derechos fundamentales relacionados con el orden constitucional y la separación de poderes.

El fallo se centra en un conflicto de competencias surgido entre el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes en el contexto de una investigación sobre presuntas irregularidades en la financiación de la campaña presidencial del actual mandatario, Gustavo Francisco Petro Urrego.

Cabe recordar que la acción de tutela fue presentada por Dilo Colombia, la cual argumentó que la decisión del Consejo de Estado de actuar en el conflicto de competencias era inapropiada y que solo la Corte Constitucional tiene la potestad para resolver tales discrepancias. En su solicitud, la fundación pidió que el Consejo de Estado remitiera el caso a la Corte Constitucional o, en su defecto, decidiera el conflicto siguiendo los procedimientos establecidos por la Constitución y la ley.

Los hechos que desencadenaron la acción de tutela incluyen:

  • Febrero de 2023: El CNE recibe una queja anónima sobre la financiación de la campaña del Pacto Histórico.
  • Junio de 2023: La Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara traslada denuncias relacionadas con los mismos hechos al CNE.
  • Agosto de 2023: El CNE acumula ambos expedientes.
  • Mayo de 2024: El CNE imputa cargos al presidente Petro.
  • Mayo de 2024: La Comisión de Investigación y Acusación solicita al CNE la remisión de los procesos, planteando un conflicto positivo de competencias.

Decisión del Consejo de Estado

En su fallo, el Consejo de Estado consideró que la acción de tutela era improcedente y que la Sala de Consulta y Servicio Civil había actuado dentro de sus competencias. Se determinó que el conflicto no era de competencias administrativas, sino de jurisdicciones, y que la Corte Constitucional es la única autoridad capaz de resolver estas situaciones conforme al artículo 14 del Acto Legislativo 2 de 2015.

Además, se destacó que la decisión del Consejo de Estado de exigir una investigación previa por parte del CNE antes de avanzar en el proceso de pérdida de investidura del presidente era coherente con el marco normativo vigente.

El rechazo de la tutela ha generado reacciones diversas en el ámbito político y jurídico. Mientras algunos sectores consideran que la decisión fortalece la separación de poderes y el debido proceso, otros critican la aparente falta de claridad en los procedimientos que rodean las investigaciones contra altos funcionarios.

El caso ahora queda a la espera de una posible revisión por parte de la Corte Constitucional, lo que podría establecer precedentes significativos en la forma en que se manejan las investigaciones sobre el financiamiento de campañas políticas en Colombia. La Fundación Dilo Colombia tiene la opción de impugnar la decisión, lo que podría llevar el asunto a la máxima corte del país.

La sentencia del Consejo de Estado pone de relieve la importancia del respeto a los derechos fundamentales y la garantía del debido proceso en el contexto de investigaciones políticas. A medida que el país se adentra en un periodo electoral, este caso subraya la necesidad de una vigilancia adecuada sobre el financiamiento político y el mantenimiento de la integridad institucional.

La espera por una respuesta de la Corte Constitucional añade un nuevo capítulo a esta compleja situación, que sigue captando la atención del público y los analistas.