Los accionantes critican la inclusión de la nueva institución en el Plan Nacional de Desarrollo por considerarla ajena a sus objetivos.
La Corte Constitucional está revisando una demanda que cuestiona uno de los artículos del Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno Nacional. En el centro del debate se encuentra la propuesta de creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, que se plantea estaría bajo la tutela del Ministerio de Salud. Los demandantes argumentan que esta institución fue incorporada en las etapas finales del proceso legislativo y consideran que no guarda relación con los objetivos y metas establecidos en el Plan de Desarrollo.
El documento de la demanda señala: «Pues se trata de un precepto que, además de haber sido incluido en la fase final del trámite parlamentario, crea una institución pública cuyo objeto no guarda conexidad con los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo.» Los accionantes sostienen que la introducción del Instituto no sólo carece de justificación dentro del marco del Plan, sino que también parece estar desconectada del enfoque general del proyecto legislativo.
En respuesta, la Procuraduría General ha presentado su concepto sobre el caso. Según su análisis, ni el articulado ni los anexos del Plan Nacional de Desarrollo proporcionan una explicación adecuada sobre la necesidad de establecer un nuevo instituto para la donación de órganos. El concepto de la Procuraduría afirma: «Ni en el articulado de la Ley 2294 de 2023 ni en sus anexos se incluye una justificación sobre la necesidad, la pertinencia o la conveniencia desde una perspectiva constitucional de establecer el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos.»
El organismo también ha argumentado que el artículo cuestionado no guarda relación con las normas previamente establecidas, y observa que esta disposición no formaba parte del texto original del Plan Nacional de Desarrollo. En consecuencia, la Procuraduría ha solicitado que se elimine esta sección del Plan, afirmando: «Se trata de una norma inconexa al objeto del cuerpo normativo en el que se encuentra contenida. La creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos no fue incluida en el articulado original de la iniciativa legislativa, ni encuentra referencia en los documentos anexos.»
La Corte Constitucional ahora debe considerar el concepto de la Procuraduría y las opiniones de otros interesados para tomar una decisión final sobre la demanda y determinar si la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos cumple con los requisitos constitucionales y normativos establecidos.