En un reciente fallo de segunda instancia, el Juzgado Civil del Circuito de Oralidad de Soledad ratificó la decisión de negar una acción de tutela presentada por personal desvinculado de la Alcaldía de Malambo, Atlántico.
La tutela había sido interpuesta por diez trabajadores que alegaban que sus derechos fundamentales, como el derecho a la asociación sindical, la salud, la vida digna y el mínimo vital, habían sido vulnerados al ser retirados de sus puestos.
Según la administración municipal, estos trabajadores habían sido nombrados en cargos que no existían dentro de la planta administrativa de la Alcaldía.
La controversia surgió cuando la administración saliente, en noviembre de 2023, creó 53 nuevos cargos sin la autorización del Concejo Municipal ni la justificación técnica requerida. A pesar de esto, se nombraron 40 empleados en provisionalidad para ocupar 30 de esos cargos, lo que resultó en diez puestos inexistentes.
El Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Malambo ya había emitido un fallo inicial el pasado 5 de julio de 2024, en el que se declaraba improcedente la tutela, basándose en que no se cumplía con el requisito de subsidiariedad.
Este fallo fue posteriormente impugnado, pero el Juzgado Civil del Circuito de Soledad decidió mantener la decisión, respaldando los argumentos de la Alcaldía de que los derechos de los demandantes fueron garantizados a través de un proceso administrativo que respetó el debido proceso.
La Alcaldía de Malambo, en su defensa, también destacó que la creación de estos cargos, sin respaldo presupuestal, dejó desfinanciado el presupuesto de nómina del municipio, con un impacto de más de 4.000 millones de pesos.
Este fallo marca un precedente en la gestión administrativa y legal de los recursos humanos dentro de las entidades públicas, subrayando la importancia de respetar los procedimientos y las normativas vigentes.