Magistrado se declara impedido en acción de cumplimiento relacionada con la Triple A S.A. E.S.P.

El Tribunal Administrativo del Atlántico, en Sala de Decisión Dual “B”, tomó una decisión clave en el caso radicado bajo el número 08-001-23-33-000-2024-00299-00, relacionado con una acción de cumplimiento contra el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, el Concejo Distrital de Barranquilla y la Sociedad de Acueducto, Aseo y Alcantarillado de Barranquilla S.A. E.S.P. El magistrado Óscar Wilches Donado se declara impedido para conocer la acción de cumplimiento debido a un conflicto de interés.

En su declaración de impedimento, el magistrado citó el numeral 1° del artículo 141 de la Ley 1564 de 2011 y el numeral 4° del artículo 130 de la Ley 1437 de 2011, que establecen las razones para la recusación de jueces por motivos de interés personal o familiar.

En este caso, el impedimento se fundamenta en el hecho de que una de las hijas del magistrado tiene un vínculo contractual con la Sociedad de Acueducto, Aseo y Alcantarillado de Barranquilla S.A. E.S.P., una de las entidades demandadas en el proceso.

El Tribunal ha considerado fundado el impedimento presentado por el magistrado Wilches Donado, dado que su vínculo familiar con una de las partes involucradas podría influir en la imparcialidad del proceso. En consecuencia, se ha decidido apartar al magistrado del conocimiento del caso.

Con la decisión de apartar al magistrado, el Tribunal ha ordenado que el expediente regrese al despacho para continuar con su trámite.

La acción de cumplimiento, que busca resolver temas relacionados con las entidades accionadas, seguirá su curso con la designación de un nuevo magistrado que asumirá el conocimiento del caso.

iop 3
iop 5