La sentencia incluye una multa y una inhabilitación de 80 meses para el ejercicio de funciones públicas, tras retrasos en el proceso judicial de la Universidad Metropolitana.
La Corte Suprema de Justicia, presidida por el magistrado Gerson Chaverra, ratificó la sentencia contra el fiscal Gustavo Adolfo Orozco Pertuz, imponiéndole una condena de 33 meses de prisión y una multa equivalente a 13,33 salarios mínimos legales por el delito de prevaricato por omisión. La sentencia original había sido dictada por el Tribunal Superior de Bogotá, que además inhabilitó a Orozco por 80 meses para el ejercicio de funciones públicas.
El caso se centra en la demora significativa en el proceso judicial relacionado con la Universidad Metropolitana en Barranquilla. Orozco, quien se desempeñaba como Fiscal 56 Seccional de Barranquilla de manera provisional, fue hallado culpable de retrasar durante más de 100 días la remisión de los expedientes de denuncias presentadas por la familia Acosta Bendek contra los hermanos Jaller y otros. Esta disputa estaba vinculada al control de la universidad y debía ser remitida a un Fiscal adscrito a la Dirección Seccional de Bogotá.
A pesar de que el fiscal Orozco alegó haber sido víctima de acoso laboral y de estar abrumado por la carga de trabajo, el Tribunal Superior de Bogotá encontró en su conducta una clara falta de diligencia. El fallo fue emitido el 5 de abril de este año.
La defensa de Orozco Pertuz intentó apelar la decisión, argumentando que «la Fiscalía no entregó al tribunal la norma concreta que le permitía sustentar la existencia del retardo en el actuar de mi defendido». Además, cuestionó la legalidad de la resolución que ordenaba el traslado del expediente, una postura que la Corte Suprema desestimó. La Corte recordó a Orozco que “carecía de competencia para declarar la ilegalidad de la resolución y, consecuentemente, sustraerse de su cumplimiento; para ello, disponía de senderos legales expeditos”.
Dado que la Corte Suprema ha emitido su decisión final, no cabe recurso alguno contra esta sentencia.