Lo pasarán del Sisbén al RUI: Lo que debe saber si recibe subsidios del Gobierno

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Modificar la estratificación en Colombia con el propósito de clasificar mejor a los hogares que actualmente se benefician con los subsidios del Gobierno es uno de los objetivos del Departamento Nacional de Planeación en el corto plazo, debido a que muchos de los hogares reciben la oferta gubernamental sin que realmente la necesiten.

De acuerdo con la entidad, al menos unos 3,5 millones de hogares están recibiendo subsidios por servicios públicos domiciliarios, según su estrato, sin que necesariamente sean pobres o vulnerables; por eso, la idea es eliminar el mecanismo de estratificación y el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales, Sisbén.

El objeto es que los estratos que han sido la base para la entrega de subsidios desaparezcan y entre en funcionamiento el Registro Universal de Ingresos, RUI, mediante el cual el Gobierno Nacional obtendrá la información de las condiciones de vida y niveles reales de ingreso de los hogares.

De esa manera, el RUI sería el único instrumento de focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social del Gobierno, y reemplazaría al Sisbén.

Un borrador de decreto publicado por Planeación Nacional para comentarios, establece que la clasificación en el RUI se haría a toda la población con documento válido en territorio colombiano a partir de la estimación de los ingresos provenientes de la información de fuentes primarias que hagan parte del Registro Social de Hogares – RSH o de la información autodeclarada.

¿Qué pasará con los subsidios y demás ofertas sociales?

El documento establece que el Registro Universal de Ingresos, RUI, será neutral frente a la oferta social y no afectará el ingreso, permanencia y/o salida de ellos, debido a que esa atribución es competencia de las entidades que administren o ejecuten los diferentes programas sociales, teniendo en cuenta su población objetivo, alcance y financiación.

Para la definición de los criterios de entrada y salida, las entidades que administren o ejecuten los diferentes programas sociales deberán emplear la clasificación del RUI como criterio de focalización de la oferta social en lo relacionado con la identificación de la pobreza y vulnerabilidad de los hogares.

Las entidades podrán establecer criterios adicionales, pero no excluyentes, conforme el objetivo y alcance del respectivo programa y su capacidad presupuestal.

Transición del Sisbén al RUI

Las entidades públicas y los particulares que ejerzan funciones públicas transitarán al RUI como único instrumento de focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social, cumpliendo una serie de acciones:

Hacer un análisis del impacto del cambio hacia la clasificación del RUI en la población potencialmente beneficiaria de los programas.

Identificar a las poblaciones que serían objeto de la aplicación de la transición, y de los criterios de ingreso, permanencia y egreso con los cuales se define la transición

Definir los mecanismos y plazos para la adopción del RUI
Definir los puntos de corte de acceso a los programas, según las características y normativa aplicable a cada programa o subsidio.