El plazo para declarar se extendió hasta el 29 de diciembre de 2024, según lo dispuesto por la Ley 2343 de 2023, la cual modificó la Ley 1448 de 2011, conocida como Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.
El Ejército Nacional, a través del Departamento Jurídico Integral, hace extensiva la invitación al personal militar en servicio activo, retirados y sus familias que hayan sido víctimas de delitos en el marco del conflicto armado y que aún no hayan declarado ante el Ministerio Público, a hacerlo antes del 29 de diciembre de 2024.
Es importante recordar que, gracias a la Ley 2343 de 2023, toda persona que se considere víctima del conflicto armado ahora tiene tres años a partir de la fecha del hecho victimizante para realizar la declaración ante las diversas entidades que integran el Ministerio Público.
Además, con esta ley se brinda una nueva oportunidad para la valoración de casos por parte de la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) en situaciones donde la inclusión en el Registro Único de Víctimas (RUV) fue negada previamente por haberse realizado fuera del plazo establecido en la Ley 1448 de 2011.
Por esta razón, la institución invita a todas aquellas personas que hayan sufrido hechos victimizantes después del 1 de enero de 1985 en el contexto del conflicto armado, y que no los hayan declarado, a que se acerquen a cualquier Personería, Defensoría del Pueblo, Procuraduría o Consulados en el exterior.
Para mayor información, comuníquese al celular 3176488973 o escriba al correo electrónico datra@buzonejercito.mil.co.
El Ejército Nacional continúa trabajando para asegurar que los militares en servicio activo, retirados y sus familias sean reconocidos e incluidos en el Registro Único de Víctimas.