Controversias por la reforma pensional

La propuesta relacionada con una reforma pensional de la cual se viene hablando  desde meses  pasados, continúa generando controversia en todo el territorio nacional, posiblemente sería incluida en el articulado de un proyecto de reforma tributaria, con el objetivo de que pensiones de más de 10 millones de pesos paguen el impuesto a la renta.

No hay que desconocer que las pensiones constituyen es un ahorro –no un ingreso– por lo que gravarlas resultaría inconstitucional; según lo que se vislumbra es que las pensiones con un monto desde $5.665.000 se verán afectadas por los cambios que se vienen anunciando.

Como debe saberse, los derechos pensionales son legítimamente adquiridos, por consiguiente, consideramos que no pueden ser catalogados como ingresos. En realidad la pensión es un derecho ganado con el trabajo de muchos años, por lo tanto, constitucionalmente e internacionalmente con las convenciones existentes, se ha considerado que los tributos ya se pagaron en su debido momento, en realidad una pensión es una devolución que se le hace al trabajador por sus aportes durante más de 20 años.

Por eso la pensión no se puede equiparar  al salario, tampoco es un favor, un beneficio ni mucho menos una dádiva que le entrega el Estado al pensionado, porque este es el fruto del ahorro durante muchos años, por lo que no es constitucionalmente permitido que puedan imponerle a la pensión un gravamen adicional.

De ahí la decisión de la Procuraduría General de intervenir en el señalado tema, el que se originó por múltiples solicitudes de grupos de pensionados, lo que motivó la elaboración de un informe que muy pronto estará a disposición del Congreso y el ministerio de Hacienda.

Hay que recordar que en Colombia existen dos regímenes pensionales, el privado de la Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y de Cesantías y el público patentizado en Colpensiones, en la primera, las personas ahorran en una cuenta individual generando rendimientos según las inversiones que realizan las empresas, lo cual se suma al ahorro de cada trabajador.

Para pensionarse en este modelo, se calcula un promedio de ese dinero ahorrado en la vida del trabajador y se le devuelve a través de un pago mensual.

En el segundo, el dinero ahorrado va a un fondo total que se utiliza para pagar las pensiones actuales. Para pensionarse se calcula con un promedio de las cotizaciones realizadas en los últimos 10 años.

La idea, que anunció desde campaña el presidente Gustavo Petro y que revivió recientemente, es que estos sistemas no compitan, sino que sean complementarios.

En términos generales la reforma pensional que se vislumbra en el ambiente, consiste en que  si una persona gana cuatro salarios mínimos, una parte de esa cotización vaya a Colpensiones y el resto a los fondos privados; también se propondría un tope a la cotización en el Fondo Público, ya que este solo funcionaría para apoyar a las personas de menores ingresos.

Hoy traemos a colación un reciente informe de Fedesarrollo, entidad que ha estudiado este modelo por varios años y está sugiriendo que el funcionamiento normal es que sea manejado por el Estado, a través del esquema de reparto, que busca garantizar acceso a una pensión básica para la población cotizante; así mismo  se plantea la posibilidad del ahorro individual, generalmente administrado de manera privada y que elevaría la prestación pensional para los trabajadores con mayor capacidad de ahorro que incluye el ahorro voluntario.