Admiten demanda contra el municipio de Valledupar por incumplir prohibición de carros de mula

En manos de Samuel Palacios Oviedo, del Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, quedó la demanda realizada por el ciudadano Hugo Jiménez Lúquez en contra del municipio de Valledupar, alegando el incumplimiento del Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 del 6 de agosto de 2002).

“Han transcurrido 22 años, sin lograr que la ley, en especial el artículo 98 de la misma, se haya cumplido”, argumentó Jiménez, cuya acción jurídica fue admitida luego de que el Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías del Distrito Judicial de Valledupar declarara falta de competencia y remitió el proceso a los juzgados administrativos de Bogotá.

Esta norma, en su artículo 98, prohíbe la movilidad de los vehículos de tracción animal, conocidos como carros de mula, y ordenó sacarlos de circulación en los territorios de primera categoría al término de un año a partir de la iniciación de la ley.

Lo que pretende la demanda es que se le ordene al alcalde Ernesto Orozco cumplir lo establecido en dicho código, por medio de la realización de los actos administrativos y gestiones correspondientes.