La decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca anula la sanción de más de $22.000 millones impuesta al presidente Gustavo Petro por la Contraloría Distrital en 2017.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha fallado a favor del presidente Gustavo Petro, exonerándolo de una sanción económica millonaria relacionada con el manejo de basuras durante su administración como alcalde de Bogotá. La multa, que ascendía a más de 22.170 millones de pesos, había sido impuesta el 20 de octubre de 2017 por la Contraloría Distrital, responsabilizando a Petro por la implementación del programa ‘Basura Cero’ y la adquisición de camiones recolectores para Aguas de Bogotá.
En su decisión, los magistrados también anularon una sanción adicional de 75.483 millones de pesos que había sido impuesta a María Mercedes Maldonado Copello, Alberto José Merlano Alcocer y Gerardo Ignacio Ardila Calderón. La resolución ordena específicamente a la Contraloría Distrital de Bogotá «dejar sin efecto única y exclusivamente la condena de responsabilidad fiscal impuesta a los señores Gustavo Francisco Petro Urrego, María Mercedes Maldonado Copello, Alberto José Merlano Alcocer y Gerardo Ignacio Ardila Calderón».
El fallo subraya que la administración de Petro, al firmar los contratos interadministrativos 017 del 11 de octubre de 2012 y 809 del 4 de diciembre de 2012 entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá (EAAB), así como entre la EAAB y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá S.A. E.S.P. (EAB S.A. E.S.P.), no evadió los procedimientos de selección objetiva necesarios para la adjudicación del servicio público de aseo en la capital.
La Corte Constitucional había emitido órdenes para incluir a los recicladores en la prestación del servicio de aseo, un objetivo que la administración de Petro buscó cumplir mediante los contratos mencionados. Según los magistrados, aunque se puede constatar la existencia de un daño, para declarar responsabilidad fiscal es imperativo demostrar una conducta dolosa o gravemente culposa, lo cual no se ha probado en el caso de Petro.