Jorge Lujan López – Colaborador
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Greg) dictó una resolución dirigida a los usuarios de hogares y comerciantes. Esto está basado en el consumo diario que se haya reportado en la medición realizada antes del 15 de marzo del año en curso.
Si en los meses siguientes los usuarios consumen más por día, se les cobraría por cada kilovatio adicional un valor extra, esto de acuerdo a los estratos. Recuerden, que el Gobierno está haciendo desaparecer los estratos por el llamado Registro Universal de Ingreso.
Lo cual es contrario con la realidad. Como a cada usuario se le fijará un consumo de referencia, teniendo en cuenta la lectura de su último consumo de energía, con corte del ciclo de facturación del 15 de marzo, se dividirá entre el número de días correspondientes al ciclo de lectura.
Quienes tengan un consumo superior al referenciado, se les cobrará un porcentaje más por cada kilovatio hora (KWH) superior al de su referencia.
El costo adicional tendrá una diferencia por estrato. En el caso de consumidores de estratos 1, 2 y 3 tendrán un costo de 30% (treinta por ciento), más por encima del precio del kilovatio para su estrato por los consumos adicionales.
Para los estratos 4, 5 y 6, el kilovatio extra costará 50% más y para los comerciantes o Industriales, cada unidad de energía adicional costará el doble o sea el 100% (cien por ciento).
El recaudo adicional que haga la comercializadora, a los usuarios que superaron el consumo de referencia, se abonará como incentivo a quienes tuvieron un consumo inferior al de su referencia. Lo cual significa que si un consumidor tiene un consumo diario de 10 kilovatios hora, y consume 12 kilovatios, solo estos dos kilovatios tendrían un sobre costo de 30% (treinta por ciento).
Esta resolución no aplica para cobros derivados del servicio de alumbrado público. Cabe destacar que este cálculo se hará por cada mercado atendido por los comercializadores de energía y no a nivel nacional, por lo cual el resultado puede cambiar, entre usuarios de diferentes regiones.
Los comercializadores deberán informar a los usuarios regulados sobre el programa de incentivos, al uso eficiente de energía con la posibilidad de recibir beneficios, por bajar el consumo cuando finalice el programa transitorio de uso eficiente de energía como saldos a favor de sus facturas.
La resolución establece que en caso de robo de energía o alteración a los medidores que evidencie un comercializador, este usuario no será sujeto de este programa, tampoco participarán los usuarios que no tengan medidores de energía o que tengan un programa de energía prepago.
La resolución regirá por seis meses y será prorrogable por seis meses más.
Les hago llegar a mis distinguidos lectores que me adelanté a esta situación. Los señores de Afinia me informaron que mientras los artefactos eléctricos están conectados consumen energía. Entonces instalé unos pequeños suiches, para apagar televisores, aires acondicionados, abanicos, freidores, etc. Todos estos artefactos eléctricos deben ser desconectados cuando no se necesiten. Porque ellos sostienen que todos los artefactos eléctricos mientras estén prendidos o conectados con la energía están consumiendo.
Estoy esperando el resultado de la factura de este mes, para constatar cuál fue el ahorro o beneficio que obtuve en los kilovatios hora con esta medida.