Carlos Hernán Rodríguez deberá ser incluido en lista para Contralor

Con la ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, la sala plena de la Corte Constitucional determinó amparar los derechos de Carlos Hernán Rodríguez, luego de que este al ser declarada la nulidad de su elección como contralor general de la República, instaurará un accion de tutela contra el Consejo de Estado.

La Corte Constitucional aclaró que aunque Rodríguez no puede continuar en el cargo tal y como lo señaló el Consejo de Estado, sí debe estar incluido en la lista de la cual se escogerá a su sucesor o sucesora.

En el documento se lee: “modificar el resolutivo segundo de la sentencia del Consejo de Estado de 25 de mayo de 2023, y en su lugar, ordenar al Congreso de la República rehacer, a la mayor brevedad posible, el proceso de elección del contralor General de la República a partir de la elaboración de la lista de diez elegibles”.

Según la Corte Constitucional el proceso debe llevarse a cabo teniendo en cuenta los siguientes puntos: “i) el listado de veinte habilitados entregado al Congreso de la República por la Universidad Industrial de Santander el 14 marzo de 2022; ii) las reglas de la convocatoria, en particular, los criterios de paridad de género y de mérito, de conformidad con la parte motiva de esta sentencia”.

Vale la pena mencionar, que en su momento por medio de un documento enviado al presidente del Senado, Iván Name Vásquez y el presidente de la Cámara, Andrés Calle Aguas, la Corte Constitucional había solicitó suspender por dos meses la elección del nuevo contralor General de la República, sin embargo, con el fallo da vía libre a que el proceso continúe.

Es preciso recordar, que el caso inició después de que en el mes de mayo del presente año, el Consejo de Estado declarara la nulidad de la elección Carlos Hernán Rodríguez Becerra como contralor General de la República para el período 2022 – 2026, al encontrar acreditadas irregularidades en su elección.

En su momento, la sala indicó que en dicho trámite se desconoció lo dispuesto en los artículos 126 de la Constitución Política, 21 de la Ley 5 de 1992 y 6 y 9 de la Ley 1904 de 2018 por cuanto, entre otros aspectos, se elaboró una tercera lista de elegibles y se variaron los parámetros de calificación inicialmente fijados en la convocatoria, sin ninguna justificación.

De acuerdo el Consejo de Estado con la resolución expedida en ese momento fueron incluidos cambios sustanciales a los criterios y valores fijados en la convocatoria inicial del proceso de elección, los cuales fueron injustificados y variaron de manera grave los parámetros de evaluación de los participantes.

COMILLÓN: Presidente del Senado confirmó que contralor se elegirá pronto

Luego de la determinación, el presidente del Senado de la República Iván Name Vásquez aseguró que al Legislativo le corresponde aplicar el mandato de la Corte Constitucional.

En esa línea, señaló que ejecutará las instrucciones para poder elegir al contralor General de la República, “que lo hace el Congreso en pleno, Senado y Cámara de manera conjunta”, detalló.