La Corte Constitucional tumbó el cambio de nombre de la Fuerza Aérea Colombiana que por iniciativa del Gobierno Nacional, pasó a llamarse ‘Fuerza Aeroespacial Colombiana’, luego de estudiar una demanda contra esta ley.
La decisión fue tomada tras el análisis de una acción contra esta norma que aseguraba que los congresistas no pueden cambiar el nombre de una institución que es reconocida en la Constitución por medio de una ley ordinaria.
La Sala Plena concluyó que el legislador no tiene margen de configuración para modificar una ley constitucional, pero señalan que de hacerlo, como ocurrió en este caso, se transgrede el principio de supremacía de la Constitución.
Los demandantes mencionan que las leyes ordinarias sólo podrían modificar entes sin una denominación específica como un ministerio, pues explica que ya han pasado casos en los que se cambia o agregan apartados a los nombres.
Además explicaron mediante ejemplos, que este tipo de cambios deben hacerse con una reforma constitucional, pues recordó el caso del cambio de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para convertirla en la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.