Contribuyentes deben cumplir con las obligaciones tributarias establecidas para evitar sanciones y multas por extemporaneidad.
Con la llegada del mes de marzo, los contribuyentes colombianos se encuentran en el periodo crucial para cumplir con una de las obligaciones fiscales más importantes: el pago del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) correspondiente al primer semestre del año. Este impuesto, aplicable a actividades comerciales, industriales y de servicios, requiere de atención puntual para evitar sanciones y correctivos por incumplimiento.
Según el calendario tributario de Bogotá, la fecha límite para el pago del ICA del primer bimestre vence este próximo viernes 15 de marzo. Los contribuyentes que no realicen el pago dentro de este plazo podrían enfrentar sanciones financieras y multas por mora, incrementando el costo de su obligación tributaria.
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, la Secretaría de Hacienda ha habilitado dos opciones de pago para los contribuyentes de Bogotá durante este año 2024. La primera opción es a través de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, donde los contribuyentes pueden acceder con su documento de identidad y contraseña para realizar el pago por PSE de manera rápida y segura.
Por otro lado, aquellos contribuyentes que prefieran realizar el pago de manera presencial también pueden hacerlo descargando la declaración correspondiente e acudiendo a las ventanillas de las entidades bancarias autorizadas para recaudar el ICA en la ciudad.
Es importante destacar que cada ciudad y municipio tiene sus propias regulaciones y formas de recaudación del ICA, por lo que se recomienda a los contribuyentes de otras ciudades acudir a las respectivas Secretarías de Hacienda para obtener información detallada sobre plazos y procedimientos específicos para su localidad.
Así se puede pagar el ICA otras ciudades:
Cada localidad cuenta con procedimientos únicos para recaudar el ICA, por eso se aconseja a los ciudadanos dirigirse a sus respectivas Secretarías de Hacienda para obtener detalles sobre los plazos y requisitos. A continuación, presentamos la base mínima de recaudo en las principales ciudades colombianas.
Barranquilla
- Base mínima servicios: 4 UVT
- Base mínima compras: 27 UVT
Medellín
- Base mínima servicios: 15 UVT
- Base mínima compras: 15 UVT
Cali
- Base mínima servicios: 3 UVT
- Base mínima compras: 15 UVT
Bucaramanga
- Base mínima servicios: 25 UVT
- Base mínima compras: 50 UVT
Fuente: Sistema Integrado de Información.