Medida busca mejorar condiciones de convivencia en diez barrios priorizados de la ciudad.
Con el objetivo de fortalecer la seguridad en Cartagena y mejorar las condiciones de convivencia en ciertas zonas de la ciudad, el secretario del Interior y Convivencia Ciudadana, Bruno Hernández, anunció la ampliación de la prohibición de llevar parrillero hombre en motocicletas en diez barrios, como parte del Plan Titán 24.
El decreto 0384 del 11 de marzo de 2024 establece la restricción de movilidad de motocicletas con parrillero hombre en áreas específicas, incluyendo Bocagrande, Manga, El Laguito, Castillogrande, El Cabrero, Crespo, El Bosque, Alto Bosque, Pie de la Popa y El Recreo. Esta última incorporación responde a la solicitud de la comunidad ante los recientes incidentes de inseguridad en el barrio El Recreo.
La medida, que también abarca motocarros, cuatrimotos y mototriciclos, exceptúa a los organismos de seguridad del Estado, Fuerzas Militares, Armada Nacional, Policía Nacional y Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación, así como a las autoridades de tránsito y organismos de socorro, siempre y cuando estén en ejercicio de sus funciones y porten su carné original.
Se advierte que el incumplimiento u omisión de estas restricciones conllevará sanciones según lo establecido por la ley. Esta acción se enmarca en el compromiso de las autoridades locales por garantizar la seguridad y tranquilidad de los ciudadanos, promoviendo así un ambiente de convivencia pacífica en los barrios priorizados.
Vías
Con el objetivo de facilitar el desplazamiento hacia los otros sectores de la ciudad no incluidos en dicha restricción, está habilitado el desplazamiento de motocicletas con parrillero hombre por las siguientes vías:
- Por el Túnel de Crespo, desde el Anillo Vial hasta el retorno del Nuevo Puente del Túnel de Crespo (frente a la estación de servicio Gazel). Hacia Torices por el puente Alfonso Romero Aguirre.
- Avenida Santander, desde el retorno del Túnel de Crespo hasta glorieta Santander.
- Carrera Primera (avenida Santander) tramo comprendido entre la glorieta Santander hasta el Edificio Seguros Bolívar (Calle 15).
- Tramo de la Calle 15, comprendido entre la carrera primera hasta la carrera segunda (avenida San Martín).
- Avenida San Martín, calzada derecha (Este), tramo comprendido entre la calle 15 hasta la Glorieta Santander, en sentido Sur-Norte.
- Calle 47 desde la intersección con la avenida Santander hasta la carrera 14 del barrio Torices.
- Calle 41 (avenida Rafael Núñez) desde la avenida Santander (las Tenazas).
- Avenida Luis Carlos López (India Catalina), en ambos sentidos.
- Avenida Luis Carlos López (Puerto Duro), desde la intersección con la avenida Venezuela hasta la avenida Daniel Lemaitre.
- Avenida Concolón desde la avenida Daniel Lemaitre hasta la Calle 30.
- Calle 30 desde la intersección con la Avenida Concolón hasta la Carrera 17. (en ambos sentidos).
- Tramo de la avenida del Lago comprendido entre la carrera 17 hasta la Transversal 38.
- Diagonal 21C: comprendido entre la intersección con la Transversal 54 hasta la intersección con la transversal 49, en ambos sentidos vehiculares.
- Diagonal 21B: comprendido entre la intersección con la Diagonal 21C hasta la intersección con la transversal 49, en ambos sentidos vehiculares.
- Transversal 54 (contraflujo) comprendido entre la Diagonal 22 (Avenida Crisanto Luque) hasta la Diagonal 21C, en el sentido único de circulación del contraflujo Este
- Diagonal 22 (Avenida Crisanto Luque) comprendido entre la Transversal 49 hasta la
- Transversal 54, contraflujo carril Oeste, en el sentido Norte – Sur. Transversal 49: comprendido entre la Diagonal 22 (Avenida Crisanto Luque) hasta la
- Diagonal 21 B, en ambos sentidos vehiculares.
Fuente: Sistema Integrado de Información.