Gobierno avanza en la inclusión del género «no binario» en documentos de identidad

Registro civil referencia.

El Gobierno nacional está en proceso de elaboración de un decreto que busca reformar las disposiciones relacionadas con el cambio de género en el Registro Civil de Nacimiento, con la inclusión de la categoría «no binario». Esta medida se aplicará a los notarios y autoridades administrativas involucradas en la marcación de género en documentos oficiales.

Según el borrador del decreto, revelado por un medio de comunicación nacional, se hace referencia a una determinación previa de la Corte Constitucional en 2019, que reconoció el derecho de las personas a elegir su identidad de género en sus documentos de identidad, o solicitar un cambio en el mismo.

El documento establece que en caso de que la persona solicitante sea menor de edad, el notario o notaria no podrá rechazar la solicitud y deberá tramitarla conforme a los criterios de la jurisprudencia constitucional sobre la materia.

La corrección del género en el Registro Civil de Nacimiento podrá incluir las variables: Femenino (F), Masculino (M) y No Binario (NB).

Aunque el Número Único de Identificación Personal (NUIP) no se modificará con esta corrección, se cancelará dicho número en las cédulas otorgadas antes de marzo del año 2000 para asignar un nuevo NUIP de diez dígitos.

La solicitud de cambio de género en el registro civil deberá realizarse por escrito e incluir la designación del notario, el nombre jurídico y documento de identidad de la persona solicitante, entre otros requisitos.

Para realizar la corrección del género en el Registro Civil, se requerirá presentar documentación adicional, incluyendo copia del Registro Civil de Nacimiento y del documento de identidad, así como una declaración expresa de la persona solicitante manifestando su intención de modificar su género.

Además, el decreto establece que una persona solo podrá realizar dos correcciones en el componente sexo en el Registro Civil de Nacimiento, con un intervalo mínimo de diez años entre cada solicitud.

Esta medida representa un avance significativo en el reconocimiento y respeto de la identidad de género de las personas en Colombia.