El Juzgado Tercero Penal del Circuito de Atlántico rechaza solicitud de reconocimiento como víctima presentada por el representante de Colombia Humana en el caso del exdiputado Nicolás Petro.
El Juzgado Tercero Penal del Circuito en Atlántico ha denegado el recurso interpuesto por William Rodríguez, representante de Colombia Humana, quien buscaba que el movimiento político del presidente de la República fuera reconocido como víctima en el caso contra el exdiputado Nicolás Petro.
En el fallo emitido, se especifica que la decisión del Juez Quince Penal Municipal de Barranquilla, que previamente había rechazado el reconocimiento de Colombia Humana como víctima en el proceso, no es susceptible de ningún recurso. Según el documento judicial, esta medida se fundamenta en el hecho de que el recurso de apelación presentado por el movimiento político fue descartado.
La solicitud de reconocimiento como víctima fue realizada durante la audiencia de legalización del principio de oportunidad de Day Vásquez, exesposa de Nicolás Petro Burgos, hijo del presidente Gustavo Petro. En dicha ocasión, el representante legal de Colombia Humana argumentó que la reputación del partido se vio afectada al ser utilizado como vehículo para presuntos actos ilícitos relacionados con la campaña presidencial.
En respuesta a esta solicitud, el fiscal Mario Burgos señaló que las únicas víctimas reconocidas en el caso eran Laura Ojeda, actual pareja de Petro Burgos, y la Gobernación del Atlántico, descartando el reconocimiento de Colombia Humana como tal.
Con esta decisión, Colombia Humana queda excluida de las diligencias relacionadas con el testimonio de Day Vásquez, quien acusó a su exesposo de recibir fondos de manera irregular para la campaña presidencial de 2022.